Secretaría de Bienestar

Calentadores solares para el mejoramiento de vivienda en el Estado de Puebla, 2026

Apoyo a familias poblanas que utilizan combustibles orgánicos para calentar agua para bañarse, se busca reducir el gasto familiar y evitar la contaminación, mediante la instalación de un Calentador Solar.

Esta página es informativa. Para realizar el trámite de verdad, hazlo en el sitio oficial de gobierno:

Realizar este trámite en el sitio oficial

Requisitos

  • 1. Identificación Oficial vigente con fotografía de la persona beneficiaria (Credencial para votar del Instituto Nacional Electoral, Constancia de identidad emitida por la autoridad competente o Pasaporte).
  • 2. Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • 3. Comprobante de Domicilio (recibo de agua, luz, predial), o en su caso, constancia de vecindad expedida por parte de la autoridad municipal o la autoridad local competente con fecha de expedición no mayor a 6 meses.
  • 4. Documento que acredite la posesión de la vivienda, por medio de uno de los siguientes documentos: a) Escritura Pública o Título de Propiedad. b) Constancia de Posesión expedida por parte de la autoridad municipal o la autoridad local competente con fecha de expedición no mayor a 6 meses.
  • 5. Que la vivienda cuente con espacio necesario para instalar el calentador solar, que los techos de las viviendas no sean de cartón, asbesto o material de desecho.
  • 6. Que la vivienda se encuentre destinada para uso exclusivo de casa- habitación. El Programa está restringido para ser aplicado en patios, cocheras, corrales, invernaderos, graneros o locales comerciales. *Los documentos deben presentarse en copia y original para cotejo *

Pasos a seguir

  1. Paso 1: Acudir a las Instalaciones de la Secretaría de Bienestar, ubicada en la calle 20 Oriente 2036, Colonia Humboldt, Municipio de Puebla y/o en las oficinas regionales: https://sb.puebla.gob.mx/delegaciones , para el llenado del formato de solicitud proporcionado por el personal
  2. Paso 2: Verificar que cumplan con los requisitos y criterios de los Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social vigentes e inspección de la vivienda para verificar las condiciones y la factibilidad de la construcción
  3. Paso 3: Ser notificado del resultado favorable que será mediante los medios proporcionados. En caso de que la solicitud sea rechazada (resolutivo negativo), es posible que reciba una notificación al respecto, aunque no siempre se garantiza una comunicación formal en estos casos.
  4. Paso 4: Visita del proveedor designado por la dependencia en el domicilio para llevar a cabo el suministro e instalación del calentador solar Para que los trabajos se realicen sin contratiempos, otorgando todas las facilidades necesarias, permitiendo el acceso a la vivienda y al espacio que previamente se haya seleccionado para la construcción o instalación.

Costos

ConceptoMonto
Trámite gratuito$0.00

Centros de atención

Secretaría de Bienestar

Domicilio:20 Oriente #2036, Col. Humboldt, Puebla, Puebla, C.P.: 72370

Tel: (222)7779700

Horario: de atención: De lunes a viernes de 9:00 A 18:00 Hrs.

Correo: bienestar@puebla.gob.mx

Subsecretaría de Vivienda

Persona responsable: José Luis Figueroa Ortiz, Domicilio: 20 Oriente #2036, Col. Humboldt, Puebla, Puebla, C.P.: 72370, Número telefónico: (222)7779700 Ext. 1122

Correo: jose.figueroa@puebla.gob.mx

Fundamento jurídico

  • Numeral 2.1 y 2.2 del Título Segundo y numeral 67 del anexo II. Catálogo de obras y acciones del FAIS del ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social vigente.
  • Artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla.
  • Artículos 12, 18 y 20 del Reglamento Interior de la Secretaría de Bienestar.
  • Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite: Click aquí

Criterios de resolución

-Entregar en tiempo y forma toda la documentación que el personal asignado por la Secretaría de Bienestar le solicite. -Brindar las facilidades a la Secretaría de Bienestar para la supervisión de la colocación del Calentador Solar. -Participar en las reuniones a las que se les convoque para la operación del Programa. -Firmar los documentos para la operación del Programa: Acta de Entrega Recepción de la Acción terminada. -Colaborar a efecto de que sus datos se integren al Padrón Único de Beneficiarios. -Abstenerse de modificar el diseño, la colocación y acabado, cuando menos durante un año posterior a la fecha de recepción del Calentador Solar.

Preguntas frecuentes

Información general sobre calentadores solares para el mejoramiento de vivienda en el estado de puebla, 2026

Apoyo a familias poblanas que utilizan combustibles orgánicos para calentar agua para bañarse, se busca reducir el gasto familiar y evitar la contaminación, mediante la instalación de un Calentador Solar.

Información sobre calentadores solares para el mejoramiento de vivienda en el estado de puebla, 2026

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¿Qué papeles necesito para calentadores solares para el mejoramiento de vivienda en el estado de puebla, 2026?

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Ubicación para realizar calentadores solares para el mejoramiento de vivienda en el estado de puebla, 2026

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¿Cómo se hace el trámite de calentadores solares para el mejoramiento de vivienda en el estado de puebla, 2026?

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¿Cuánto cuesta calentadores solares para el mejoramiento de vivienda en el estado de puebla, 2026?

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¿Qué costo tiene calentadores solares para el mejoramiento de vivienda en el estado de puebla, 2026?

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