Secretaría de Bienestar

Programa de Obra Comunitaria Por Amor a Puebla 2026

Programa de Bienestar Social que consiste en la Ayuda Social que será otorgada a aquellos Proyectos Comunitarios solicitados por los Comité para el Bienestar (COBI) que cumplan con los requisitos de elegibilidad y encuadren en las vertientes y rubros considerados en el Catálogo de Proyectos del Programa. La Ayuda Social a la que refiere el párrafo anterior corresponde a la asignación otorgada al COBI a través de la titular de la Tesorería de la Mesa Directiva, para la ejecución del Proyecto Comunitario solicitado y aprobado por la Coordinación General de Desarrollo Comunitario y Trazabilidad Social.

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Requisitos

  • 7.1 las Reglas de Operación del Programa: Para que un Proyecto Comunitario pueda ser, se deberá cumplir, cuando menos, con los siguientes requisitos: I. Haber conformado un Comité para el Bienestar (COBI) mediante Asamblea General celebrada con apoyo de la persona Delegada de la microrregión, de acuerdo con los Lineamientos correspondientes; II. Realizar la designación e integración de la Mesa Directiva; III. Contar con Acta de Conformación del COBI, en donde conste que el Proyecto Comunitario ha sido elegido por la mayoría de las personas integrantes de la comunidad y asistentes de la Asamblea General; y IV. Contar con oficio de solicitud de ingreso al Programa firmado por al menos un integrante de la Mesa Directiva y dirigido al titular de la Coordinación General de Desarrollo Comunitario y Trazabilidad Social, acompañado del Expediente Técnico debidamente integrado el cual deberá contener, además de lo señalado en las fracciones que anteceden, cuando menos lo siguiente y según corresponda: a) Carátula con datos generales; b) Presupuesto del Proyecto, el cual incluye generadores, reporte fotográfico y croquis del proyecto; c) Croquis de localización de la macrorregión y microrregión; d) Calendario de Ejecución; e) Acta de Cabildo en donde conste el acuerdo respectivo, en su caso; f) Documento mediante el cual se acredite la propiedad legal del inmueble en el que se ejecutará el Proyecto Comunitario, en su caso; y g) Dictámenes, permisos, avalúos, responsivas técnicas, en su caso y demás requisitos que se desprendan de las disposiciones aplicables. En aquellos supuestos en que el proyecto requiera una especialización técnica, el mismo será dictaminado por la Comisión Intersecretarial para el Bienestar, previa convocatoria de dicho órgano colegiado por la persona Titular de la Secretaría, de conformidad con las disposiciones aplicables; pudiendo el proyecto ser ejecutado por la Dependencia o Entidad competente de la Administración Pública Estatal, con cargo al presupuesto de ésta, cuando orgánicamente así le corresponda y/o conforme a su presupuesto asignado al proyecto comunitario.

Pasos a seguir

  1. Se describe de manera general el proceso de ingreso al Programa; no obstante, las personas solicitantes deberán apegarse estrictamente a lo establecido en las Reglas de Operación, las cuales son de observancia obligatoria. De conformidad con los numerales 16.1 y 16.2 de las Reglas de Operación del Programa, el procedimiento es el siguiente: 1. La población interesada en acceder a los beneficios del Programa deberá constituirse en Asamblea General, con el propósito de fomentar la cohesión social, así como definir y priorizar la demanda de proyectos conforme a sus necesidades. 2. La comunidad constituirá y formalizará el respectivo COBI, emitiendo el Acta correspondiente, con apoyo de la persona Delegada y la persona Coordinadora Técnica de Bienestar. Asimismo, en la citada Asamblea General, el COBI designará a las personas integrantes de la Mesa Directiva, dejando constancia de tal designación en el Acta de Conformación del COBI que se levante. 3. La votación, elección y aprobación del Proyecto Comunitario solicitado por las personas integrantes del COBI, deberán ser realizadas dentro de la Asamblea General de conformación del COBI y priorizando el proyecto de mayor necesidad, atendiendo preferentemente el Catálogo de Proyectos del Programa emitido por la Secretaría. 4. Con el acompañamiento de las personas Delegadas y de las personas Coordinadoras Técnicas de Bienestar, el COBI integrará el Expediente Técnico del Proyecto Comunitario solicitado. 5. La documentación de conformación del COBI y del expediente técnico del Proyecto Comunitario serán cargados al Sistema por la persona Delegada, a fin de que el Área de Análisis realice la revisión y en su caso emita la viabilidad técnica correspondiente, con independencia de la entrega formal de la documentación que realice. 6. El Área de Análisis informará al Área de Seguimiento Presupuestal la viabilidad técnica que se emita por cada Proyecto Comunitario, a fin de que revise la disponibilidad presupuestaria del Programa y en caso de ser procedente notifique la disponibilidad. Dichos documentos serán el soporte para emitir la aprobación del Proyecto Comunitario por parte de la persona titular de la Coordinación General de Desarrollo Comunitario y Trazabilidad Social. 7. Aprobado el Proyecto Comunitario, la Coordinación General de Desarrollo Comunitario y Trazabilidad Social, a través del Área de Seguimiento Presupuestal, solicitará a la Dirección de Administración que realice la adecuación presupuestaria, liberación y ministración del recurso, previa entrega de la documentación requerida para el trámite correspondiente. 8. El Área de Seguimiento Presupuestal determinará el número de ministraciones que por Proyecto Comunitario corresponda, de conformidad con los lineamientos que emita la Secretaría. 9. La Dirección de Administración informará la liberación del recurso y proporcionará el instrumento de pago autorizado a la Coordinación General de Desarrollo Comunitario y Trazabilidad Social, con el objeto de que sea entregada la Ayuda Social otorgada al COBI a través de la persona que ocupe la titularidad de la Tesorería de la Mesa Directiva y se inicie la ejecución del Proyecto Comunitario. 10. Ministrada y cobrada la Ayuda Social por la persona Tesorera del COBI, la persona Delegada realizará el seguimiento y supervisión de la ejecución del Proyecto Comunitario e informará lo conducente a la Coordinación General de Desarrollo Comunitario y Trazabilidad Social. 11. El COBI, con apoyo de las personas Delegadas deberá emitir el Acta de Conclusión de ejecución del Proyecto Comunitario. Las personas Delegadas deberán recibir, revisar y resguardar la relación de gastos que compruebe el uso y destino de la Ayuda Social otorgada al COBI. 12. La comunidad además de fungir como una instancia participativa, tendrá funciones de vigilancia comunitaria, por lo que realizarán el seguimiento, supervisión y vigilancia al desarrollo del Proyecto Comunitario, ejecutado por el propio COBI en cumplimiento a las metas establecidas, así como vigilarán la aplicación transparente y eficiente de la Ayuda Social destinada al mismo. 13. El COBI deberá mantener informado a las personas integrantes, respecto del avance y seguimiento de la Ayuda Social otorgada y en caso de existir alguna irregularidad en la aplicación de los recursos o incumplimiento de las Reglas, a través de las personas Delegadas se deberá informar lo conducente a la Coordinación General de Desarrollo Comunitario y Trazabilidad Social. Los COBI que sean beneficiados con el Proyecto Comunitario, deberán comprometerse a realizar el mantenimiento, conservación y vigilar su adecuado funcionamiento. 14. La ejecución de los Proyectos Comunitarios no podrá exceder del plazo de seis meses, contados a partir de la fecha de entrega de la Ayuda Social, la cual constará en el recibo de entrega que para tal efecto se emita. 15. Todo proyecto concluido deberá contar con una placa distintiva que incluya la leyenda “Obra Comunitaria Por Amor a Puebla”, siempre que su colocación sea viable. Su adquisición será gestionada por la Dirección de Administración de conformidad con la disponibilidad presupuestaria. La entrega de la placa se realizará con apoyo de las personas delegadas.

Costos

ConceptoMonto
Trámite gratuito$0.00

Centros de atención

Secretaría de Bienestar

Coordinación General de Desarrollo Comunitario y Trazabilidad Social, Domicilio: 20 Oriente #2036, Col. Humboldt, Puebla, Puebla, C.P.: 72370

Tel: (222) 777 9700 ext. 1175

Horario: de atención: De lunes a viernes de 9:00 A 18:00 Hrs.

Correo: bienestar@puebla.gob.mx

Fundamento jurídico

  • Reglas de Operación del Programa de Obra Comunitaria “Por Amor a Puebla”2026
  • RER - Actualizado

Criterios de resolución

De conformidad con el numeral 8 de las Reglas de Operación del Programa: Serán elegibles los Proyectos Comunitarios solicitados por el COBI, que cumplan con lo siguiente: I. Contribuyan a generar beneficios sociales y oportunidades de desarrollo preferentemente en las zonas rurales y urbanas; II. Preferentemente, eleven los servicios de infraestructura básica, tales como: agua, alcantarillado, saneamiento, caminos, electrificación, vivienda, educación, entre otros; asimismo, las acciones de los proyectos comunitarios deberán apegarse a las Reglas. III. Se cuente con disponibilidad presupuestaria por parte de la Secretaría; IV. Contemplen criterios de inclusión, igualdad, perspectiva de género y no discriminación, favoreciendo la participación equitativa de las diferentes culturas presentes en el Estado, así como la interseccionalidad; V. Se encuentren dentro del Catálogo de Proyectos del Programa; y VI. Cumplan con los requisitos señalados en el numeral 7.1 de las presentes Reglas.

Preguntas frecuentes

Información general sobre programa de obra comunitaria por amor a puebla 2026

Programa de Bienestar Social que consiste en la Ayuda Social que será otorgada a aquellos Proyectos Comunitarios solicitados por los Comité para el Bienestar (COBI) que cumplan con los requisitos de elegibilidad y encuadren en las vertientes y rubros considerados en el Catálogo de Proyectos del Programa. La Ayuda Social a la que refiere el párrafo anterior corresponde a la asignación otorgada al COBI a través de la titular de la Tesorería de la Mesa Directiva, para la ejecución del Proyecto Comunitario solicitado y aprobado por la Coordinación General de Desarrollo Comunitario y Trazabilidad Social.

Tiempo de entrega de programa de obra comunitaria por amor a puebla 2026

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¿Qué papeles necesito para programa de obra comunitaria por amor a puebla 2026?

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¿Cuánto cuesta programa de obra comunitaria por amor a puebla 2026?

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Programa de Obra Comunitaria Por Amor a Puebla 2026

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¿De qué trata programa de obra comunitaria por amor a puebla 2026?

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Requisitos para programa de obra comunitaria por amor a puebla 2026

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