Secretaría de Desarrollo Económico y Trabajo

Subprograma Constitución De Sociedades Cooperativas

Tiene el objetivo de impulsar la economía social y solidaria, a través del apoyo para la protocolización de las actas que constituirán a las Sociedades Cooperativas de grupos organizados que residan en el estado, enfocados a las vocaciones productivas de las regiones.

Esta página es informativa. Para realizar el trámite de verdad, hazlo en el sitio oficial de gobierno:

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Requisitos

  • 1. Formato CSC-24 disponible en la página web st.puebla.gob.mx .
  • 2. Identificación oficial vigente con fotografía de las y los socios de la Sociedad Cooperativa a constituir (Credencial del Instituto Nacional Electoral o pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, y en el caso de personas migrantes, credencial de residencia expedida por la Secretaría de Gobernación).
  • 3. Comprobante de domicilio no mayor a tres meses de las y los socios de la Sociedad Cooperativa a constituir; original y copia legible.
  • 4. Clave Única de Registro de Población (CURP) con fecha de impresión no mayor a tres meses, de las y los socios de la Sociedad Cooperativa a constituir.
  • 5. Constancia de Situación Fiscal con estatus en el padrón de “activo” o “reactivado” bajo cualquier régimen, expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de las y los socios de la Sociedad Cooperativa a constituir.
  • 6. Actas de nacimiento de las y los socios de la Sociedad Cooperativa a constituir.
  • 7. En el caso de que uno o más socios de la Sociedad Cooperativa a constituir, se encuentren en estado civil “casada o casado”, deberán presentar las actas de matrimonio correspondientes, así como la documentación aplicable a este Subprograma de sus cónyuges.
  • 8. Documentos constitutivos (estos formatos pueden ser descargados a modo de ejemplo o base a través de la página web st.puebla.gob.mx ) con toda la información de los socios y la información relativa a su organización: a) Formato de Acta Constitutiva. b) Bases Constitutivas. Los formatos constitutivos propuestos son orientativos, con fines de facilitar la realización de los mismos, sin embargo, dentro del marco de los valores y principios cooperativistas, resaltan la autonomía y autogestión, por lo que, las y los socios son quienes elaboran su documentación constitutiva y en asamblea deciden los acuerdos con lo que se regirán, basados en la Ley General de Sociedades Cooperativas. La documentación deberá ser entregada de manera física en las instalaciones de la Secretaría de Trabajo y de manera digital en formato editable, en una USB, en un disco o vía correo electrónico a: formemos.cooperativas@puebla.gob.mx Una vez que las y los interesados entreguen los documentos y formatos requisitados, la Subdirección de Productividad revisará la información y notificará si se requieren correcciones, actualizaciones o cambios. Durante el procedimiento, este seguimiento será permanente por lo que se requiere que las personas solicitantes permanezcan atentas a los medios de contacto establecidos en la solicitud.

Pasos a seguir

  1. Paso 1. Integrar un grupo como mínimo de cinco personas interesadas en el mismo tema. Paso 2. Nombrar a un representante que se encargará de hacer las gestiones de solicitud ante la Secretaría de Trabajo, para ello, deberán presentar su solicitud Formato CSC-24, disponible en la página web st.puebla.gob.mx , a través de la representante. Paso 3. Presentar la documentación, cada uno de sus integrantes. Paso 4. El apoyo se entregará al representante legal de la Sociedad Cooperativa a constituir, quien lo destinará para el pago único que se realiza por los derechos generados para la constitución de la cooperativa, el otorgamiento de poderes y cualquier otro derecho inherente de tales colectividades ante Notario Público. En caso de cambio de representante legal, los socios deberán notificar por escrito a la Instancia Ejecutora el cambio en la designación del mismo. Paso 5. La Instancia Ejecutora revisará la información y notificará si se requieren correcciones, actualizaciones o cambios. Paso 6. La Subdirección de Productividad recibe y revisa la documentación de manera física en las instalaciones de la Secretaría de Trabajo, para posteriormente asignar un folio que avala la participación en el Subprograma. Paso 7. Por conducto de la Instancia Ejecutora, se brindará acompañamiento para la solicitud y autorización de uso de denominación o razón social ante la Secretaría de Economía del Gobierno de México, de conformidad con lo establecido en la normatividad aplicable. Paso 8. Por conducto de la Instancia Ejecutora, se brindará acompañamiento para la solicitud y autorización de uso de denominación o razón social ante la Secretaría de Economía del Gobierno de México, para efectuar la solicitud, se requiere de la utilización de una firma electrónica (e-firma) que otorga la Secretaría de Hacienda, preferentemente, se recomienda que sea de alguno de los integrantes de la Sociedad Cooperativa a constituir. Al contar con la denominación o razón social autorizada y con la Clave Única de Documento (CUD), se podrá validar la convocatoria de la Asamblea General. Paso 9. Si la Sociedad Cooperativa a constituir ha cubierto los requisitos establecidos en la Ley General de Sociedades Cooperativas, las presentes Reglas de Operación y la Convocatoria, la solicitud se podrá procesar y se realizarán las gestiones necesarias para el otorgamiento del apoyo. Paso 10. Mediante el Colegio de Notarios del Estado de Puebla, se designará la Notaría, quien se encargará de la articulación de las Actas Constitutivas correspondientes, turnando los documentos de la Sociedad Cooperativa a constituir mediante la integración de un expediente único. Paso 11. Se designará fecha y horario para la entrega del apoyo, mismo que surtirán efecto una vez acordado el día de pago al Notario Público designado, durante este proceso, se monitorearán los procesos de constitución a fin de que el recurso sea ejercido durante el ejercicio fiscal vigente, independientemente de la fecha en la que se realice la firma del acta respectiva y su posterior registro ante el IRCEP y el SAT. Así mismo notificará a las personas beneficiarias acerca de la fecha de firma de las mismas, para que acudan con el Notario Público designado. El Notario Público proporcionará a las y los interesados, la documentación electrónica necesaria para realizar el alta de la Sociedad Cooperativa en el Registro Federal de Contribuyentes, y de contar con acceso a la plataforma del Sistema de Gestión Registral (SIGER), registrará a la Sociedad Cooperativa ante el Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla, o en su defecto, solicitará a la Instancia Ejecutora, agendar una cita para realizar este proceso. Paso 12. La Subdirección de Productividad en coordinación con el Notario Público designado notificará a la Cooperativa, la fecha de entrega de su Acta Constitutiva, para posteriormente, realizar las gestiones para que el acta constitutiva adquiera efectos ante terceros, mediante los servicios del Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla (IRCEP); y dará asesoría a la Sociedad Cooperativa a constituirse para registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), y ante el Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Paso 13. Los tiempos establecidos para la entrega de las Actas Constitutivas estarán a cargo del Notario Público designado, con quien la Instancia Ejecutora mantendrá constante comunicación.

Costos

ConceptoMonto
Trámite gratuito$0.00

Centros de atención

Secretaría de Trabajo

Domicilio: Callejón de la 10 norte #806, Paseo de San Francisco, Barrio el Alto, C.P.72290; Puebla, Puebla.

Tel: 222-246-44-57 ext. 243

Horario: de atención: Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs

Correo: formemos.cooperativas@puebla.gob.mx

Fundamento jurídico

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículos 5 y 123.
  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; Artículos 107 y 123 párrafo primero.
  • Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; Artículo 36 fracciones I, II, III, XXII, XIII, XXIII, XXIV y XXV.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Trabajo; 17, fracciones II, IV, V, XI y XII.
  • Reglas de Operación del Programa Formemos Cooperativas, para el Ejercicio Fiscal 2024. Artículo s 14, 15, 16 y 17.
  • Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este servicio: Click aquí

Criterios de resolución

Presentar y cumplir con los requisitos establecidos en las Reglas de Operación del Programa Formemos Cooperativas.

Preguntas frecuentes

¿Qué costo tiene subprograma constitución de sociedades cooperativas?

Tiene el objetivo de impulsar la economía social y solidaria, a través del apoyo para la protocolización de las actas que constituirán a las Sociedades Cooperativas de grupos organizados que residan en el estado, enfocados a las vocaciones productivas de las regiones.

¿Cuánto tarda el trámite de subprograma constitución de sociedades cooperativas?

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¿De qué trata subprograma constitución de sociedades cooperativas?

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¿Qué vigencia tiene subprograma constitución de sociedades cooperativas?

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¿Cómo se hace el trámite de subprograma constitución de sociedades cooperativas?

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Requisitos para subprograma constitución de sociedades cooperativas

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¿Qué papeles necesito para subprograma constitución de sociedades cooperativas?

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Ubicación para realizar subprograma constitución de sociedades cooperativas

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