Es el derecho que deberá de pagar la persona, por refrendo del derecho de vía, que fue previamente autorizado.
Esta página es informativa. Para realizar el trámite de verdad, hazlo en el sitio oficial de gobierno:
Realizar este trámite en el sitio oficial| Concepto | Monto |
|---|---|
| Por el uso y/o aprovechamiento del derecho de vía, por año: a) Con obras de instalación marginal, por cada 100 metros o fracción que exceda dicha longitud $1,315.00 b) Con obras de cruzamientos superficiales subterráneos o aéreos que atraviesen caminos, carreteras y puentes de jurisdicción estatal $5,335.00 Mantener presente el pago de la anualidad del uso del derecho de vía, que será la fecha indicada en el oficio de la autorización de uso del derecho de vía otorgado cada año que siga haciendo uso de ese permiso. El no hacerlo será causa de la cancelación de dicho permiso. | $1,315.00 |
| Por el uso y/o aprovechamiento del derecho de vía, por año: a) Con obras de instalación marginal, por cada 100 metros o fracción que exceda dicha longitud $1,315.00 b) Con obras de cruzamientos superficiales subterráneos o aéreos que atraviesen caminos, carreteras y puentes de jurisdicción estatal $5,335.00 Mantener presente el pago de la anualidad del uso del derecho de vía, que será la fecha indicada en el oficio de la autorización de uso del derecho de vía otorgado cada año que siga haciendo uso de ese permiso. El no hacerlo será causa de la cancelación de dicho permiso. | $5,335.00 |
Centro Integral de Servicios
Edificio Sur, segundo Piso. Vía Atlixcayotl No. 1101, Reserva Territorial Atlixcáyotl, Col. Concepción las Lajas Puebla, Puebla.
Tel: 222-303-46-00 Ext. 1359
Horario: lunes a viernes de 09:00 a 15:00 hrs.
Correo: david.brambila@puebla.gob.mx
- Realizar el pago de derechos correspondientes. - Presentar todos los requisitos establecidos .
¿A dónde tengo que ir para por el uso y/o aprovechamiento del derecho de vía, por año?
Es el derecho que deberá de pagar la persona, por refrendo del derecho de vía, que fue previamente autorizado.
¿Cómo se hace el trámite de por el uso y/o aprovechamiento del derecho de vía, por año?
Es el derecho que deberá de pagar la persona, por refrendo del derecho de vía, que fue previamente autorizado.
¿Qué papeles necesito para por el uso y/o aprovechamiento del derecho de vía, por año?
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¿Dónde puedo pagar por el uso y/o aprovechamiento del derecho de vía, por año?
Es el derecho que deberá de pagar la persona, por refrendo del derecho de vía, que fue previamente autorizado.
Por el uso y/o aprovechamiento del derecho de vía, por año
Es el derecho que deberá de pagar la persona, por refrendo del derecho de vía, que fue previamente autorizado.
Requisitos para por el uso y/o aprovechamiento del derecho de vía, por año
Es el derecho que deberá de pagar la persona, por refrendo del derecho de vía, que fue previamente autorizado.
Bancos o lugares de pago para por el uso y/o aprovechamiento del derecho de vía, por año
Es el derecho que deberá de pagar la persona, por refrendo del derecho de vía, que fue previamente autorizado.
Oficinas de atención para por el uso y/o aprovechamiento del derecho de vía, por año
Es el derecho que deberá de pagar la persona, por refrendo del derecho de vía, que fue previamente autorizado.