Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial

Constancia de derecho de preferencia

Que el Gobierno del Estado, tenga preferencia para adquirir los predios determinados como reservas, cuando dichos predios vayan a ser objeto de enajenación o remate judicial o administrativo, para tal efecto los propietarios de predios afectados, así como los notarios, jueces y autoridades administrativas deberán notificar la propuesta de la enajenación o del remate al Gobierno del Estado.

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Requisitos

  • 1. Escrito de solicitud libre (original y 1 copia), indicando claramente el monto de la operación, número telefónico y correo electrónico, para que personal del Departamento de Usos de Suelo y Reservas Territoriales notifique el estado de su trámite; asimismo, deberá ser dirigido a la persona Titular de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, firmado por la persona interesada.
  • 2. Identificación oficial con fotografía (1 copia por ambos lados).
  • 3. Documento que acredite la propiedad (1 copia certificada).
  • 4. Croquis de localización del predio (original).
  • 5. Levantamiento topográfico del predio (originales), deberá ser Geo referenciado y contener: coordenadas UTM (original), y presentar en formato digital (Kml y/o Shp).
  • 6. Cuatro fotografías a color tamaño media carta del predio como mínimo.

Pasos a seguir

  1. Paso 1: La persona interesada, deberá presentarse en el Centro Integral de Servicios del Estado de Puebla (CIS), Edificio Sur primer piso Módulo de Atención al Público ventanilla de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, donde entregará la solicitud para el trámite, indicando claramente el monto de la operación y la documentación requerida.
  2. Paso 2: La persona interesada, realizará el pago en los bancos indicados en la orden de cobro.
  3. Paso 3: La persona interesada, entregará el recibo original de pago en la ventanilla de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial.
  4. Paso 4: Personal del Departamento de Usos de Suelo y Reservas Territoriales, se pondrá en contacto vía telefónica para fijar fecha y hora para la visita de campo.
  5. Paso 5: Personal del Departamento realizará la visita de campo en la fecha y hora fijada. Paso 6 : Una vez expedida la Constancia de Derecho de Preferencia, se le comunicará vía telefónica al usuario para que acuda al Departamento de Usos de Suelo y Reservas Territoriales, ubicado en Lateral Recta a Cholula Km. 5.5 No. 2401, San Andrés Cholula, Puebla, Tel: 222-273-68-00, para recibir la constancia solicitada, firmando de recibido a la entrega.

Costos

ConceptoMonto
Por la constancia de derecho de preferencia: $385.00$385.00

Qué documento obtienes

  • Constancia de Derecho de Preferencia.

Formas de pago

  • Efectivo (la institución emitirá la orden de pago).

Dónde pagar

  • Instituciones bancarias indicadas en la orden de cobro.

Centros de atención

Se reciben en CIS PUEBLA

Vía Atlixcáyotl No.1101 Colonia Concepción las Lajas, Puebla, Pue. C.P. 72190., Horario. Lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas, previa cita., Seguimiento en Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial., Lateral Recta a Cholula Km. 5.5 No. 2401, San Andrés Cholula, Puebla. C.P. 72813., Horario. Lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.

Tel: 222-273-68-00

Fundamento jurídico

  • Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo; Artículo 84.
  • Ley Agraria; Artículo 89.
  • Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla; Artículo 14 Fracciones VI, XVI, Artículo 20, Artículo 139 Fracciones I, II y III; artículo 168.
  • Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; Artículo 31 Fracción XVI, Artículo 47 fracciones I, II, III y VIII.
  • Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2026; Artículo 51, apartado A, fracción XXXVIII.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial. Artículo 1, Artículo 2 Fracción I, Artículo 4 Fracción III, Artículo 19 fracciones I, XIII y XIV, Artículo 23 fracciones I, VII, VIII y X.
  • Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite: Click aquí

Criterios de resolución

Realizar el pago de derechos correspondientes Presentar y cumplir con los requisitos establecidos.

Preguntas frecuentes

Requisitos para constancia de derecho de preferencia

Que el Gobierno del Estado, tenga preferencia para adquirir los predios determinados como reservas, cuando dichos predios vayan a ser objeto de enajenación o remate judicial o administrativo, para tal efecto los propietarios de predios afectados, así como los notarios, jueces y autoridades administrativas deberán notificar la propuesta de la enajenación o del remate al Gobierno del Estado.

Información sobre constancia de derecho de preferencia

Que el Gobierno del Estado, tenga preferencia para adquirir los predios determinados como reservas, cuando dichos predios vayan a ser objeto de enajenación o remate judicial o administrativo, para tal efecto los propietarios de predios afectados, así como los notarios, jueces y autoridades administrativas deberán notificar la propuesta de la enajenación o del remate al Gobierno del Estado.

Bancos o lugares de pago para constancia de derecho de preferencia

Que el Gobierno del Estado, tenga preferencia para adquirir los predios determinados como reservas, cuando dichos predios vayan a ser objeto de enajenación o remate judicial o administrativo, para tal efecto los propietarios de predios afectados, así como los notarios, jueces y autoridades administrativas deberán notificar la propuesta de la enajenación o del remate al Gobierno del Estado.

¿Cuánto cuesta constancia de derecho de preferencia?

Que el Gobierno del Estado, tenga preferencia para adquirir los predios determinados como reservas, cuando dichos predios vayan a ser objeto de enajenación o remate judicial o administrativo, para tal efecto los propietarios de predios afectados, así como los notarios, jueces y autoridades administrativas deberán notificar la propuesta de la enajenación o del remate al Gobierno del Estado.

¿Qué papeles necesito para constancia de derecho de preferencia?

Que el Gobierno del Estado, tenga preferencia para adquirir los predios determinados como reservas, cuando dichos predios vayan a ser objeto de enajenación o remate judicial o administrativo, para tal efecto los propietarios de predios afectados, así como los notarios, jueces y autoridades administrativas deberán notificar la propuesta de la enajenación o del remate al Gobierno del Estado.

¿A dónde tengo que ir para constancia de derecho de preferencia?

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¿Cuánto tarda el trámite de constancia de derecho de preferencia?

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Tiempo de entrega de constancia de derecho de preferencia

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