Tipo de usuario o población objetivo: Público en general
Tema: Desarrollo Urbano
Clasificación: Ciudadano y Empresarial
Objetivo: Otorgar un documento de carácter técnico de tipo exclusivamente informativo que permita al solicitante identificar y/o ubicar un predio en un asentamiento humano con registro oficial o irregular, de los regímenes propiedad privada o ejidal, o cuando es imposible identificar un predio en la cartografía oficial existente en el Área de Alineamiento y Número Oficial. El Dicta,en técnico de indetificación y/o ubicación de predio podrá ser para: (M1) Dictamen técnico de identificación y/o ubicación de predio, propiedad privada. (M2) Dictamen técnico de identificación y/o ubicación de predio, régien ejidal. (M3) Por Dictamen Técnico para identificación de Restricciones y Derechos de Víal. (M4) Por identificación de las últimas fracciones restantes a escriturar en lotificaciones o segregaciones otorgadas antes del 2004, existentes dentro de la estructura urbana del Municipio, siempre y cuando no rebase 10 fracciones.
¿En qué casos debe presentarse el trámite?: Cuando por motivo de un trámite se requiera identificar y ubicar un predio dentro de la cartografía oficial.
Documento que se obtiene: Dictamen Técnico de identificación y/o ubicación de predio.
Vigencia del documento que se obtiene: Sujeta a la actualización del Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Puebla.
PASOS A SEGUIR
Pasos a seguir por modo de atención Presencial 1. Ingresar escrito libre de Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio dirigido a la Drección de Desarrollo Urbano, anexando toda la documentación legible en la Ventanilla de oficialía de partes, en horario de 9:00 am a 2:00 pm. Nota: Atención priorizada población vulnerable (capacidades diferentes, adultos mayores y embarazadas) 2. Presentarse en cinco días hábiles despúes de ingresar la solicitud, recibir de la dependencia orden de pago, regresa con comprobante y se agenda inspección al predio de interés en horario de 9:00 am a 2:00 pm 3. Presentarse el día y hora asignados para realizar la visita de campo donde se deberá señalar el predio en sitio por parte del interesado. 4. Derivado del procesamiento de los datos obtenids en la inspección la dependencia le hará saber al solicitate las deficiencias del expediente para que este solvente. Presentarse el día señalado por supervisor 5. 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN tendrá el solicitante para solventar en caso de requerir dcumentación complementaría si el solicitante no solventa las observaciones se cancela el expediente 6. Recibe el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio. En línea No aplica Telefónica 1.- Comunicarse a los teléfonos (222) 3094600 ext. 5428, 5429 y 5431, podrá solicitar requisitos para el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio. 2.- Para programar visita al predio después de haber pagado y enviado el comprobante de pago al mismo correo de donde se le envió la orden de cobro, mencionando el número de folio que se le asigno. 3.- Para reagendar la cita en caso de no poder en la fecha establecida, mencionando el número de folio que se le asigno. 4.- Se notifica vía telefónica las observaciones (cuando anote número de teléfono en la solicitud). 5.- Se notifica vía telefónica al solicitante para solventar en caso de requerir documentación completaría si no solventa las observaciones se cancela el expediente, tendrá 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN. 6.- Se notifica vía telefónica para que pase al Departamento por el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación.
Pasos a seguir por modo de atención
Presencial 1. Ingresar escrito libre de Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio dirigido a la Drección de Desarrollo Urbano, anexando toda la documentación legible en la Ventanilla de oficialía de partes, en horario de 9:00 am a 2:00 pm. Nota: Atención priorizada población vulnerable (capacidades diferentes, adultos mayores y embarazadas) 2. Presentarse en cinco días hábiles despúes de ingresar la solicitud, recibir de la dependencia orden de pago, regresa con comprobante y se agenda inspección al predio de interés en horario de 9:00 am a 2:00 pm 3. Presentarse el día y hora asignados para realizar la visita de campo donde se deberá señalar el predio en sitio por parte del interesado. 4. Derivado del procesamiento de los datos obtenids en la inspección la dependencia le hará saber al solicitate las deficiencias del expediente para que este solvente. Presentarse el día señalado por supervisor 5. 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN tendrá el solicitante para solventar en caso de requerir dcumentación complementaría si el solicitante no solventa las observaciones se cancela el expediente 6. Recibe el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio. En línea No aplica Telefónica 1.- Comunicarse a los teléfonos (222) 3094600 ext. 5428, 5429 y 5431, podrá solicitar requisitos para el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio. 2.- Para programar visita al predio después de haber pagado y enviado el comprobante de pago al mismo correo de donde se le envió la orden de cobro, mencionando el número de folio que se le asigno. 3.- Para reagendar la cita en caso de no poder en la fecha establecida, mencionando el número de folio que se le asigno. 4.- Se notifica vía telefónica las observaciones (cuando anote número de teléfono en la solicitud). 5.- Se notifica vía telefónica al solicitante para solventar en caso de requerir documentación completaría si no solventa las observaciones se cancela el expediente, tendrá 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN. 6.- Se notifica vía telefónica para que pase al Departamento por el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación.
Presencial 1. Ingresar escrito libre de Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio dirigido a la Drección de Desarrollo Urbano, anexando toda la documentación legible en la Ventanilla de oficialía de partes, en horario de 9:00 am a 2:00 pm. Nota: Atención priorizada población vulnerable (capacidades diferentes, adultos mayores y embarazadas) 2. Presentarse en cinco días hábiles despúes de ingresar la solicitud, recibir de la dependencia orden de pago, regresa con comprobante y se agenda inspección al predio de interés en horario de 9:00 am a 2:00 pm 3. Presentarse el día y hora asignados para realizar la visita de campo donde se deberá señalar el predio en sitio por parte del interesado. 4. Derivado del procesamiento de los datos obtenids en la inspección la dependencia le hará saber al solicitate las deficiencias del expediente para que este solvente. Presentarse el día señalado por supervisor 5. 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN tendrá el solicitante para solventar en caso de requerir dcumentación complementaría si el solicitante no solventa las observaciones se cancela el expediente 6. Recibe el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio.
Presencial
1. Ingresar escrito libre de Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio dirigido a la Drección de Desarrollo Urbano, anexando toda la documentación legible en la Ventanilla de oficialía de partes, en horario de 9:00 am a 2:00 pm. Nota: Atención priorizada población vulnerable (capacidades diferentes, adultos mayores y embarazadas) 2. Presentarse en cinco días hábiles despúes de ingresar la solicitud, recibir de la dependencia orden de pago, regresa con comprobante y se agenda inspección al predio de interés en horario de 9:00 am a 2:00 pm 3. Presentarse el día y hora asignados para realizar la visita de campo donde se deberá señalar el predio en sitio por parte del interesado. 4. Derivado del procesamiento de los datos obtenids en la inspección la dependencia le hará saber al solicitate las deficiencias del expediente para que este solvente. Presentarse el día señalado por supervisor 5. 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN tendrá el solicitante para solventar en caso de requerir dcumentación complementaría si el solicitante no solventa las observaciones se cancela el expediente 6. Recibe el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio.
1. Ingresar escrito libre de Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio dirigido a la Drección de Desarrollo Urbano, anexando toda la documentación legible en la Ventanilla de oficialía de partes, en horario de 9:00 am a 2:00 pm.
Nota: Atención priorizada población vulnerable (capacidades diferentes, adultos mayores y embarazadas)
2. Presentarse en cinco días hábiles despúes de ingresar la solicitud, recibir de la dependencia orden de pago, regresa con comprobante y se agenda inspección al predio de interés en horario de 9:00 am a 2:00 pm
3. Presentarse el día y hora asignados para realizar la visita de campo donde se deberá señalar el predio en sitio por parte del interesado.
4. Derivado del procesamiento de los datos obtenids en la inspección la dependencia le hará saber al solicitate las deficiencias del expediente para que este solvente. Presentarse el día señalado por supervisor
5. 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN tendrá el solicitante para solventar en caso de requerir dcumentación complementaría si el solicitante no solventa las observaciones se cancela el expediente
6. Recibe el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio.
En línea No aplica
En línea
No aplica
Telefónica 1.- Comunicarse a los teléfonos (222) 3094600 ext. 5428, 5429 y 5431, podrá solicitar requisitos para el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio. 2.- Para programar visita al predio después de haber pagado y enviado el comprobante de pago al mismo correo de donde se le envió la orden de cobro, mencionando el número de folio que se le asigno. 3.- Para reagendar la cita en caso de no poder en la fecha establecida, mencionando el número de folio que se le asigno. 4.- Se notifica vía telefónica las observaciones (cuando anote número de teléfono en la solicitud). 5.- Se notifica vía telefónica al solicitante para solventar en caso de requerir documentación completaría si no solventa las observaciones se cancela el expediente, tendrá 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN. 6.- Se notifica vía telefónica para que pase al Departamento por el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación.
Telefónica
1.- Comunicarse a los teléfonos (222) 3094600 ext. 5428, 5429 y 5431, podrá solicitar requisitos para el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación de Predio. 2.- Para programar visita al predio después de haber pagado y enviado el comprobante de pago al mismo correo de donde se le envió la orden de cobro, mencionando el número de folio que se le asigno. 3.- Para reagendar la cita en caso de no poder en la fecha establecida, mencionando el número de folio que se le asigno. 4.- Se notifica vía telefónica las observaciones (cuando anote número de teléfono en la solicitud). 5.- Se notifica vía telefónica al solicitante para solventar en caso de requerir documentación completaría si no solventa las observaciones se cancela el expediente, tendrá 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN. 6.- Se notifica vía telefónica para que pase al Departamento por el Dictamen Técnico de Identificación y/o Ubicación.
REQUISITOS
I. Escrito libre Escrito libre dirigido al Director de Desarrollo Urbano, contendrá descripción general, número telefónico del interesado, RFC, correo electrónico y clave de cuenta predial. Original y copia impresa / II. Identificación oficial vigente con fotografía Identificación con fotografía (INE, Licencia de Manejo, Pasaporte, Cédula Profesional o INAPAM). Copia / III. Documento que acredite la propiedad Escritura Pública o Título de Propiedad expedido por Registro Agrario Nacional (RAN), inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Puebla; o solicitud de contratación por el Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS), Minuta Ejidal o Carta de posesión, Legible y en tamaño carta sin alteración alguna (tachaduras o corrector; no se puede omitir la solicitud de este documento, toda vez que no se cuenta con un servidor de consulta de los expedientes y trámites que se emiten por parte de la Dirección de Desarrollo Urbano) Original y copia / IV. Croquis de ubicación del predio Con rosa de vientos que indique la orientación, medidas a las esquinas y nombre de las 4 vialidades que rodean la manzana. Original / V. Levantamiento topográfico con coordenadas (UTM), con proyección WGS 1984 UTM Zona 14N, universal transversal de mercator con su memoria descriptiva firmada por el topógrafo. Con curvas de nivel a cada medio metro para terrenos que presentan elevaciones o depresiones, nombre de las vialidades, señalar por lo menos dos puntos que hagan referencia al eje de torres (CFE), ducto de Petróleos Mexicanos (PEMEX), de gas natural, eje de vía del ferrocarril y eje de vialidad estatal o federal que se ubique cerca o dentro del predio. Que integre los polígonos y cuadros de construcción de cada uno de los siguientes elementos: -Predio general con medidas y colindancias registradas en el instrumento notarial; -Restricciones: con medidas y colindancias registradas en dictámenes u oficios de las dependencias correspondientes; -Derecho de vía: con medidas y colindancias registradas en dictámenes u oficios de las dependencias correspondientes; -Zona federal: de acuerdo al dictamen de Comisión Nacional del Agua; -Zona de riesgo: conforme al dictamen expedido por la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil; -Vialidades o Servidumbre de paso con medidas y colindancias registradas en cualquiera de los siguientes contrato, convenio o acto jurídico Plano impreso tamaño doble carta con firma, y archivo electrónico (formato DWG, DXF o SHP, respaldado en CD, DVD o USB) / En caso de que el trámite lo realice un representante de personas físicas Carta poder simple o poder notarial e identificación oficial vigente del apoderado y 2 testigos En el caso de existir copropietarios de un solo bien, se debe nombrar un representante común por escrito para llevar a cabo los trámites o a través de un DRO con quien hayan celebrado contrato de prestación de servicios. Los nudos propietarios y los usufructuarios en conjunto deben nombrar un representante común por escrito Original y copia / En caso de que el trámite lo realice una persona jurídica o moral Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial vigente del representante legal De la persona jurídica o moral propietaria del predio de interés Original y copia / Sólo para predios colindantes con cuerpos de agua, ríos o barrancas (incluyen las entubadas y usadas como rellenos sanitarios) Dictamen de Zona Federal Expedido por la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) Original y copia / Sólo para predios colindantes con zonas de riesgo Dictamen de Zona de Riesgo Expedido por la Dirección de Gestión de Riesgos en Materia de Protección Civil del Municipio de Puebla Original y copia / Para predios colindantes con torres de alta tensión, ductos de petróleo o gas LP o tuberías de gas natural Dictamen de Derecho de Vía (energéticos) Para predios colindantes con torres de alta tensión, expedido por Comisión Federal de Electricidad (CFE); para predios colindantes con ductos de petróleo o gas LP, expedido por Petróleos Mexicanos (PEMEX); para predios colindantes con tuberías de gas natural, expedido por la Dirección Ejecutiva de Derechos de Vía, perteneciente al Centro Nacional de Control del Gas Natural. Original y copia / Para predios colindantes con carreteras federales, carreteras estatales, o vías férreas Dictamen de Derechos de Vía (caminos, carreteras y vías férreas) Para predios colindantes con carreteras federales, expedido por Secretaría de Comunicaciones y Trasportes; para predios colindantes con carreteras estatales, Constancia de no afectación por el derecho de vía de alguna carretera, expedida por la Secretaría del Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial del Gobierno del Estado de Puebla; o expedida por la Secretaría de Infraestructura del Gobierno del Estado de Puebla (cuando existe un proyecto ejecutivo de la obra); Constancia de Invasión o no Invasión al Derecho de Vía Ferroviario, expedido por la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal. Original y copia / En los casos que el predio se encuentre en juicio, tenga sentencia de un juicio, o no exista plano oficial y se requiera que soporten su identificación geográfica real Antecedentes registrales del predio origen Certificado Histórico, Información Histórica, copia de escritura del predio general, copias de escrituras de las fracciones segregadas del predio general, expedidos por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla Original y copia / Cuando no exista plano oficial y se requiera que soporten su identificación geográfica real Plano con el que se protocolizaron, los trámites de lotificación para la compra venta de la fracción solicitada expedido por el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, o Archivo de Notarias, que deberá estar apegado estrictamente a la Ley de Fraccionamientos y Acciones Urbanísticas para el Estado Libre y Soberano de Puebla; que permita identificar el área de interés Copia certificada / Por estar dentro de algún polígono de Áreas Naturales Protegidas de Jurisdicción Estatal Oficio de las reglas administrativas que se aplicaran a los predios; además que indique los Usos, Actividades, Avisos y Autorizaciones aplicables al área de interés, establecidos en el Programa de Manejo del Área Natural Protegida, así como su Zonificación y Subzonificación Expedido por la Secretaría del Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial del Gobierno del Estado de Puebla Original y copia / Para los casos que se requiera saber si el predio se ubica dentro de un ejido o comunidad ejidal Oficio informativo sobre ubicación de predio Expedido por el Registro Agrario Nacional (RAN) Original y copia / Para los casos que se requiera saber si el predio se ubica dentro de un ejido o comunidad ejidal Plano de polígonos de dotaciones, expropiaciones a los ejidos Expedido por el Registro Agrario Nacional (RAN). Original y copia / Cuando la escritura otorgada por el Instituto Nacional del Suelo Sustentable tiene errores en orientaciones, colindancias, medidas, y superficie; para predios en proceso de escrituración plano de lotificación del lote de interés Copia simple, expedido por el Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS). Copia / Cuando la escritura otorgada por el Instituto Nacional del Suelo Sustentable tiene errores en orientaciones, colindancias, medidas, y superficie Oficio de Rectificación de Orientaciones, Medidas y Colindancias expedido por el Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS). Original y copia / Para los casos que se requiera saber si el predio se ubica dentro o fuera de los polígonos de expropiación Oficio que indique si el área de interés está dentro o fuera de los polígonos de expropiación Expedido por el Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS). Original y copia / Cuando el Título de Propiedad otorgado por lo que fue la Secretaría de la Reforma Agraria, o la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano tiene errores o le faltan las orientaciones, medidas, colindancias, o superficie Oficio de Rectificación o asignación de Orientaciones, Medidas, Colindancias o Superficie expedido por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU). Original y copia / En caso de que la superficie o medidas del predio sean mayores a las que vienen señaladas en la escritura; cuando no se hayan fijado los límites que separen un predio de otro u otros; haya motivo fundado para creer que no son exactos; porque se hayan destruido las señales que los marcaban; o porque éstas se hayan colocado en lugar distinto del primitivo Resolución de Juicio de Apeo y Deslinde Juzgado en materia Civil Original y copia / En caso que no coincida el nombre y/o apellidos señalados en la identificación oficial, con los registrados en el título de propiedad Jurisdicción Voluntaria de Información Testimonial para acreditar Identidad de Persona a fin de autentificar que es la misma persona; o Información Testimonial Jurisdicción Voluntaria ante un Juzgado en materia Civil; Información Testimonial rendida ante notario público, para que tenga validez debe constar en el protocolo (número de volumen e instrumento) Original y copia / En caso de predios ubicados en el Centro Histórico, Áreas Patrimoniales y Monumentos Presentar la factibilidad expedida por la Gerencia del Centro Histórico o similar. Original
FORMATOS
Formatos para la gestión del trámite Trámite sin formatos. El trámite se presenta mediante escrito libre Si Información que debe contener el escrito libre Deberá contener los datos del solicitante, nombre completo, domicilio, correo electrónico, teléfono local o celular para notificar; datos del predio de interés calle y colonia donde se ubica; firma del propietario, poseedor o apoderado
Formatos para la gestión del trámite
Trámite sin formatos. El trámite se presenta mediante escrito libre Si Información que debe contener el escrito libre Deberá contener los datos del solicitante, nombre completo, domicilio, correo electrónico, teléfono local o celular para notificar; datos del predio de interés calle y colonia donde se ubica; firma del propietario, poseedor o apoderado
Trámite sin formatos.
El trámite se presenta mediante escrito libre Si Información que debe contener el escrito libre Deberá contener los datos del solicitante, nombre completo, domicilio, correo electrónico, teléfono local o celular para notificar; datos del predio de interés calle y colonia donde se ubica; firma del propietario, poseedor o apoderado
El trámite se presenta mediante escrito libre Si
Si
Información que debe contener el escrito libre Deberá contener los datos del solicitante, nombre completo, domicilio, correo electrónico, teléfono local o celular para notificar; datos del predio de interés calle y colonia donde se ubica; firma del propietario, poseedor o apoderado
Deberá contener los datos del solicitante, nombre completo, domicilio, correo electrónico, teléfono local o celular para notificar; datos del predio de interés calle y colonia donde se ubica; firma del propietario, poseedor o apoderado
PLAZOS
Plazos para la conclusión del trámite Plazo máximo de resolución 20 días hábiles Plazo con el que cuenta el área responsable del trámite para prevenir al solicitante en el caso de que requiera de un requisito adicional 5 días hábiles Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención 10 días hábiles Derechos del usuario ante la falta de respuesta de la autoridad Aplica afirmativa ficta No aplica Aplica negativa ficta No aplica
Plazos para la conclusión del trámite
Plazo máximo de resolución 20 días hábiles Plazo con el que cuenta el área responsable del trámite para prevenir al solicitante en el caso de que requiera de un requisito adicional 5 días hábiles Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención 10 días hábiles
Plazo máximo de resolución 20 días hábiles
20 días hábiles
Plazo con el que cuenta el área responsable del trámite para prevenir al solicitante en el caso de que requiera de un requisito adicional 5 días hábiles
5 días hábiles
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención 10 días hábiles
10 días hábiles
Derechos del usuario ante la falta de respuesta de la autoridad
Aplica afirmativa ficta No aplica Aplica negativa ficta No aplica
Aplica afirmativa ficta No aplica
No aplica
Aplica negativa ficta No aplica
CRITERIOS DEL TRÁMITE
Criterios generales del trámite Criterios de resolución del trámite El predio de interés deberá estar registrado en un plano oficial con números de manzanas, lotes, escala y dimensiones, que permitan su identificación. Además, deberá respetar el uso o destino que indique el Municipio, como en los siguientes tipos de planos: Planos autorizados por el Gobierno del Estado antes del 27 de agosto de 1940. Planos autorizados por el Ayuntamiento de Puebla con la ley de Fraccionamiento Urbano del Municipio de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del 27 de agosto de 1940 y sus reformas, que transfirió al municipio la facultad para autorizar nuevos asentamientos. Planos autorizados por el Ayuntamiento de Puebla con la ley de Fraccionamientos y Acciones Urbanísticas del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fecha de publicación del 25 de febrero de 2004 y sus reformas. En planos validados por la Comisión Interinstitucional para la Regularización de los Asentamientos Humanos y la Constitución de las Reservas Territoriales, a partir del año 1995. Procedente cuando Procedente cuando la Dirección de Desarrollo Urbano cuente con los elementos técnicos suficientes que permitan distinguir al predio de interés en registros oficiales (planos oficiales), además de cumplir con lo establecido en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable y con toda la normatividad aplicable Improcedente cuando Improcedente cuando la Dirección de Desarrollo Urbano no cuente con los elementos técnicos suficientes que permitan distinguir al predio de interés en registros oficiales (planos oficiales), además de no cumplir con lo establecido en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable y con toda la normatividad aplicable El trámite requiere inspección, verificación o visita domiciliaria Si Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria Se verifica la ubicación, orientaciones, medidas, colindancias, en caso de presentar levantamiento topográfico, se verifica la ubicación de las mojoneras representadas del predio general, área de interés, las fracciones segregadas o las fracciones restantes, además de obtener fotografías Documentos que se deben conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite Dictamen técnico de identificación y/o ubicación de predio; y comprobante de pago
Criterios generales del trámite
Criterios de resolución del trámite El predio de interés deberá estar registrado en un plano oficial con números de manzanas, lotes, escala y dimensiones, que permitan su identificación. Además, deberá respetar el uso o destino que indique el Municipio, como en los siguientes tipos de planos: Planos autorizados por el Gobierno del Estado antes del 27 de agosto de 1940. Planos autorizados por el Ayuntamiento de Puebla con la ley de Fraccionamiento Urbano del Municipio de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del 27 de agosto de 1940 y sus reformas, que transfirió al municipio la facultad para autorizar nuevos asentamientos. Planos autorizados por el Ayuntamiento de Puebla con la ley de Fraccionamientos y Acciones Urbanísticas del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fecha de publicación del 25 de febrero de 2004 y sus reformas. En planos validados por la Comisión Interinstitucional para la Regularización de los Asentamientos Humanos y la Constitución de las Reservas Territoriales, a partir del año 1995. Procedente cuando Procedente cuando la Dirección de Desarrollo Urbano cuente con los elementos técnicos suficientes que permitan distinguir al predio de interés en registros oficiales (planos oficiales), además de cumplir con lo establecido en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable y con toda la normatividad aplicable Improcedente cuando Improcedente cuando la Dirección de Desarrollo Urbano no cuente con los elementos técnicos suficientes que permitan distinguir al predio de interés en registros oficiales (planos oficiales), además de no cumplir con lo establecido en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable y con toda la normatividad aplicable El trámite requiere inspección, verificación o visita domiciliaria Si Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria Se verifica la ubicación, orientaciones, medidas, colindancias, en caso de presentar levantamiento topográfico, se verifica la ubicación de las mojoneras representadas del predio general, área de interés, las fracciones segregadas o las fracciones restantes, además de obtener fotografías Documentos que se deben conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite Dictamen técnico de identificación y/o ubicación de predio; y comprobante de pago
Criterios de resolución del trámite El predio de interés deberá estar registrado en un plano oficial con números de manzanas, lotes, escala y dimensiones, que permitan su identificación. Además, deberá respetar el uso o destino que indique el Municipio, como en los siguientes tipos de planos: Planos autorizados por el Gobierno del Estado antes del 27 de agosto de 1940. Planos autorizados por el Ayuntamiento de Puebla con la ley de Fraccionamiento Urbano del Municipio de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del 27 de agosto de 1940 y sus reformas, que transfirió al municipio la facultad para autorizar nuevos asentamientos. Planos autorizados por el Ayuntamiento de Puebla con la ley de Fraccionamientos y Acciones Urbanísticas del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fecha de publicación del 25 de febrero de 2004 y sus reformas. En planos validados por la Comisión Interinstitucional para la Regularización de los Asentamientos Humanos y la Constitución de las Reservas Territoriales, a partir del año 1995.
El predio de interés deberá estar registrado en un plano oficial con números de manzanas, lotes, escala y dimensiones, que permitan su identificación. Además, deberá respetar el uso o destino que indique el Municipio, como en los siguientes tipos de planos: Planos autorizados por el Gobierno del Estado antes del 27 de agosto de 1940. Planos autorizados por el Ayuntamiento de Puebla con la ley de Fraccionamiento Urbano del Municipio de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del 27 de agosto de 1940 y sus reformas, que transfirió al municipio la facultad para autorizar nuevos asentamientos. Planos autorizados por el Ayuntamiento de Puebla con la ley de Fraccionamientos y Acciones Urbanísticas del Estado Libre y Soberano de Puebla, con fecha de publicación del 25 de febrero de 2004 y sus reformas. En planos validados por la Comisión Interinstitucional para la Regularización de los Asentamientos Humanos y la Constitución de las Reservas Territoriales, a partir del año 1995.
Procedente cuando Procedente cuando la Dirección de Desarrollo Urbano cuente con los elementos técnicos suficientes que permitan distinguir al predio de interés en registros oficiales (planos oficiales), además de cumplir con lo establecido en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable y con toda la normatividad aplicable
Procedente cuando la Dirección de Desarrollo Urbano cuente con los elementos técnicos suficientes que permitan distinguir al predio de interés en registros oficiales (planos oficiales), además de cumplir con lo establecido en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable y con toda la normatividad aplicable
Improcedente cuando Improcedente cuando la Dirección de Desarrollo Urbano no cuente con los elementos técnicos suficientes que permitan distinguir al predio de interés en registros oficiales (planos oficiales), además de no cumplir con lo establecido en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable y con toda la normatividad aplicable
Improcedente cuando la Dirección de Desarrollo Urbano no cuente con los elementos técnicos suficientes que permitan distinguir al predio de interés en registros oficiales (planos oficiales), además de no cumplir con lo establecido en el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable y con toda la normatividad aplicable
El trámite requiere inspección, verificación o visita domiciliaria Si
Si
Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria Se verifica la ubicación, orientaciones, medidas, colindancias, en caso de presentar levantamiento topográfico, se verifica la ubicación de las mojoneras representadas del predio general, área de interés, las fracciones segregadas o las fracciones restantes, además de obtener fotografías
Se verifica la ubicación, orientaciones, medidas, colindancias, en caso de presentar levantamiento topográfico, se verifica la ubicación de las mojoneras representadas del predio general, área de interés, las fracciones segregadas o las fracciones restantes, además de obtener fotografías
Documentos que se deben conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite Dictamen técnico de identificación y/o ubicación de predio; y comprobante de pago
Dictamen técnico de identificación y/o ubicación de predio; y comprobante de pago
ASPECTOS A CONSIDERAR
Aspectos a considerar La documentación se integrará en un folder y se entregará en la ventanilla del Oficialía de Partes del CAM. Para que el expediente se asigné al área es variable de 1 hasta 20 días; 5 días hábiles para verificar que el expediente cumpla con los requisitos básicos y no falten documentación complementaria, puede variar dependiendo la complejidad del expediente hasta 15 días; 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN tendrá el solicitante para solventar si es el caso; 15 minutos para expedir orden de cobro siempre y cuando el sistema lo permita; para que el contribuyente presente el pago de forma presencial o vía correo electrónico tendrá hasta 10 días hábiles después de notificarle, para programar visita depende de la disponibilidad de fechas en la agenda; de 1 a 5 horas para realizar inspección física del predio cuando existan las condiciones de seguridad para el personal; realizar análisis y generar los reportes 5 días hábiles, puede variar dependiendo la complejidad del expediente; 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN que tendrá el solicitante para solventar si es el caso, cuando derivado de la visita se observe que es necesario presentar documentación complementaria; para obtener firma electrónica o autógrafa depende de que pase por las diversas revisiones y rubricas de 3 hasta 10 días; para entregar oficio 20 minutos. El asentamiento humano irregular lotificado antes del año 1995, y que del resultado de búsqueda no se encuentre ningún tipo de plano oficial en archivos de la dependencia; asimismo, en la consulta y búsqueda por los ciudadanos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Archivo de Notarias, Registro Agrario Nacional, Instituto Nacional del Suelo Sustentable, deberá gestionar el Registro y Reconocimiento de Asentamientos Humanos al Desarrollo Urbano, ante la Dirección de Desarrollo Urbano del Municipio de Puebla, siempre y cuando cumpla con lo establecido en el Programa Estatal de Incorporación de los Asentamientos Humanos Irregulares al Desarrollo Urbano. No se puede expedir el dictamen cuando el ciudadano realiza el trámite sobre un inmueble que pertenece al régimen de dominio público de la Federación, Estatal o Municipal, con documentos que no tienen el interés jurídico para acreditar la propiedad o posesión de acuerdo con Ley General de Bienes Nacionales en el ?ARTÍCULO 13.- Los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación son inalienables, imprescriptibles e inembargables y no estarán sujetos a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional, o alguna otra por parte de terceros?.; asimismo, sentencias de juicios civiles, mercantiles, agrarios conforme al ?ARTÍCULO 20.- Los actos jurídicos mediante los cuales se enajenen los inmuebles federales o los pertenecientes a las entidades, en contravención a lo dispuesto en esta Ley, serán nulos?. Nota: Atención priorizada Población Vulnerable (capacidades Diferentes, Adultos mayores y Embarazadas) en el horario de atención al público de 09:00 a 14:00 horas. En la entrada al CAM se encuentra el módulo de información sobre trámites y servicios
Aspectos a considerar
La documentación se integrará en un folder y se entregará en la ventanilla del Oficialía de Partes del CAM. Para que el expediente se asigné al área es variable de 1 hasta 20 días; 5 días hábiles para verificar que el expediente cumpla con los requisitos básicos y no falten documentación complementaria, puede variar dependiendo la complejidad del expediente hasta 15 días; 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN tendrá el solicitante para solventar si es el caso; 15 minutos para expedir orden de cobro siempre y cuando el sistema lo permita; para que el contribuyente presente el pago de forma presencial o vía correo electrónico tendrá hasta 10 días hábiles después de notificarle, para programar visita depende de la disponibilidad de fechas en la agenda; de 1 a 5 horas para realizar inspección física del predio cuando existan las condiciones de seguridad para el personal; realizar análisis y generar los reportes 5 días hábiles, puede variar dependiendo la complejidad del expediente; 10 días hábiles de acuerdo al COREMUN que tendrá el solicitante para solventar si es el caso, cuando derivado de la visita se observe que es necesario presentar documentación complementaria; para obtener firma electrónica o autógrafa depende de que pase por las diversas revisiones y rubricas de 3 hasta 10 días; para entregar oficio 20 minutos. El asentamiento humano irregular lotificado antes del año 1995, y que del resultado de búsqueda no se encuentre ningún tipo de plano oficial en archivos de la dependencia; asimismo, en la consulta y búsqueda por los ciudadanos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, Archivo de Notarias, Registro Agrario Nacional, Instituto Nacional del Suelo Sustentable, deberá gestionar el Registro y Reconocimiento de Asentamientos Humanos al Desarrollo Urbano, ante la Dirección de Desarrollo Urbano del Municipio de Puebla, siempre y cuando cumpla con lo establecido en el Programa Estatal de Incorporación de los Asentamientos Humanos Irregulares al Desarrollo Urbano. No se puede expedir el dictamen cuando el ciudadano realiza el trámite sobre un inmueble que pertenece al régimen de dominio público de la Federación, Estatal o Municipal, con documentos que no tienen el interés jurídico para acreditar la propiedad o posesión de acuerdo con Ley General de Bienes Nacionales en el ?ARTÍCULO 13.- Los bienes sujetos al régimen de dominio público de la Federación son inalienables, imprescriptibles e inembargables y no estarán sujetos a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional, o alguna otra por parte de terceros?.; asimismo, sentencias de juicios civiles, mercantiles, agrarios conforme al ?ARTÍCULO 20.- Los actos jurídicos mediante los cuales se enajenen los inmuebles federales o los pertenecientes a las entidades, en contravención a lo dispuesto en esta Ley, serán nulos?. Nota: Atención priorizada Población Vulnerable (capacidades Diferentes, Adultos mayores y Embarazadas) en el horario de atención al público de 09:00 a 14:00 horas. En la entrada al CAM se encuentra el módulo de información sobre trámites y servicios
ÁREA RESPONSABLE
Datos de contacto del área responsable del trámite y de la información Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano / Dirección de Desarrollo Urbano Dirección Avenida 4 Poniente 1101, Colonia Centro 72000, Puebla (Heroica Puebla), Puebla, Puebla Horario de atención Días hábiles 09:00 a 14:00 horas Teléfono (222) 309-46-00 Ext. 5403, 5409, 5421 Correo electrónico jose.dolores@ayuntamientopuebla.gob.mx Nombre del servidor público responsable José Dolores Arrioja Cargo Director de Desarrollo Urbano Datos de quien valida la información Nombre del servidor público José Dolores Arrioja Cargo Director de Desarrollo Urbano Nombre del servidor público María del Carmen Patricia Tenorio Castilleros Cargo Jefa de Departamento de Gestión Territorial
Datos de contacto del área responsable del trámite y de la información
Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano / Dirección de Desarrollo Urbano Dirección Avenida 4 Poniente 1101, Colonia Centro 72000, Puebla (Heroica Puebla), Puebla, Puebla Horario de atención Días hábiles 09:00 a 14:00 horas Teléfono (222) 309-46-00 Ext. 5403, 5409, 5421 Correo electrónico jose.dolores@ayuntamientopuebla.gob.mx Nombre del servidor público responsable José Dolores Arrioja Cargo Director de Desarrollo Urbano Datos de quien valida la información Nombre del servidor público José Dolores Arrioja Cargo Director de Desarrollo Urbano Nombre del servidor público María del Carmen Patricia Tenorio Castilleros Cargo Jefa de Departamento de Gestión Territorial
Secretaría de Gestión y Desarrollo Urbano / Dirección de Desarrollo Urbano
Dirección Avenida 4 Poniente 1101, Colonia Centro 72000, Puebla (Heroica Puebla), Puebla, Puebla Horario de atención Días hábiles 09:00 a 14:00 horas Teléfono (222) 309-46-00 Ext. 5403, 5409, 5421 Correo electrónico jose.dolores@ayuntamientopuebla.gob.mx Nombre del servidor público responsable José Dolores Arrioja Cargo Director de Desarrollo Urbano Datos de quien valida la información Nombre del servidor público José Dolores Arrioja Cargo Director de Desarrollo Urbano Nombre del servidor público María del Carmen Patricia Tenorio Castilleros Cargo Jefa de Departamento de Gestión Territorial
Dirección Avenida 4 Poniente 1101, Colonia Centro 72000, Puebla (Heroica Puebla), Puebla, Puebla
Avenida 4 Poniente 1101, Colonia Centro 72000, Puebla (Heroica Puebla), Puebla, Puebla
Horario de atención Días hábiles 09:00 a 14:00 horas Teléfono (222) 309-46-00 Ext. 5403, 5409, 5421
Horario de atención Días hábiles 09:00 a 14:00 horas
Nombre del servidor público responsable José Dolores Arrioja Cargo Director de Desarrollo Urbano
Nombre del servidor público responsable José Dolores Arrioja
José Dolores Arrioja
Cargo Director de Desarrollo Urbano
Director de Desarrollo Urbano
Datos de quien valida la información
Nombre del servidor público José Dolores Arrioja Cargo Director de Desarrollo Urbano Nombre del servidor público María del Carmen Patricia Tenorio Castilleros Cargo Jefa de Departamento de Gestión Territorial
Nombre del servidor público José Dolores Arrioja
Nombre del servidor público María del Carmen Patricia Tenorio Castilleros
María del Carmen Patricia Tenorio Castilleros
Cargo Jefa de Departamento de Gestión Territorial
Jefa de Departamento de Gestión Territorial
CENTROS DE ATENCIÓN
Lugar donde se gestiona el trámite Centro de Atención Municipal / Departamento de Gestión Territorial Dirección Avenida 4 Poniente 1101, Colonia Centro 72000, Puebla (Heroica Puebla), Puebla, Puebla Horario de atención Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas. Teléfono (222) 3094600 ext. 5428, 5429 y 5431 Correo electrónico jose.dolores@ayuntamientopuebla.gob.mx
Lugar donde se gestiona el trámite
Centro de Atención Municipal / Departamento de Gestión Territorial Dirección Avenida 4 Poniente 1101, Colonia Centro 72000, Puebla (Heroica Puebla), Puebla, Puebla Horario de atención Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas. Teléfono (222) 3094600 ext. 5428, 5429 y 5431 Correo electrónico jose.dolores@ayuntamientopuebla.gob.mx
Centro de Atención Municipal / Departamento de Gestión Territorial
Dirección Avenida 4 Poniente 1101, Colonia Centro 72000, Puebla (Heroica Puebla), Puebla, Puebla Horario de atención Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas. Teléfono (222) 3094600 ext. 5428, 5429 y 5431 Correo electrónico jose.dolores@ayuntamientopuebla.gob.mx
Dirección Avenida 4 Poniente 1101, Colonia Centro 72000, Puebla (Heroica Puebla), Puebla, Puebla
Avenida 4 Poniente 1101, Colonia Centro 72000, Puebla (Heroica Puebla), Puebla, Puebla
Horario de atención Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas. Teléfono (222) 3094600 ext. 5428, 5429 y 5431
Horario de atención Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Costo del trámite Concepto Monto Por dictamen técnico de ubicación de predios en zonas de colonias no registradas, para otorgamiento de alineamiento y número oficial, incluyendo visita de campo, por cada una se pagará (M1, M2, M3, M4). $ 856 Por Dictamen Técnico de Restricciones y Derechos de Vía se causarán y pagará por cada m² de predio(M3). $ 1 Por identificación de las últimas fracciones restantes a escriturar en lotificaciones o segregaciones otorgadas antes del 2004, existentes dentro de la estructura urbana del Municipio, siempre y cuando no rebase 10 fracciones, por cada m² de predio analizado (M4). $ 1 Cuando derivado del análisis se requiera del estudio de documentos que acrediten la propiedad o posesión adicionales al general por cada documento se pagará (M4). $ 166 Por corrección de datos generales en constancias, licencias o factibilidades por error del contribuyente, se pagará:. $ 83 Método y lugares de pago Método de pago Sin información Lugares donde se puede realizar el pago 1. Centro de Atención Municipal (CAM). 2. Cajas de Tesorería Municipal. 3. Entidad Bancaria de su preferencia, referida en la orden de cobro. Domicilio del lugar donde se efectúa el pago 1. 4 Poniente No. 1101 Col. Centro Cp. 72000. 2. Av. Reforma 126 Col. Centro Cp. 72000. 3. Domicilio De La Entidad Bancaria de su preferencia, referida en la orden de cobro. Otros métodos de pago OBSERVACIONES Verificar sus datos antes de realizar el pago, ya que cualquier corrección deberá solicitarse a la Tesorería Municipal. La línea de captura y el importe son indispensables para realizar su pago en la institución bancaria de su preferencia. Datos del método de pago Información en la Orden de Cobro. Fundamento legal del cobro Sustento legal para su cobro Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2026, Título Cuarto de los Derechos, Capítulo II, Artículos 32 fracción I, 33, y 34 fracción I, incisos a) y b)
Costo del trámite
Concepto Monto Por dictamen técnico de ubicación de predios en zonas de colonias no registradas, para otorgamiento de alineamiento y número oficial, incluyendo visita de campo, por cada una se pagará (M1, M2, M3, M4). $ 856 Por Dictamen Técnico de Restricciones y Derechos de Vía se causarán y pagará por cada m² de predio(M3). $ 1 Por identificación de las últimas fracciones restantes a escriturar en lotificaciones o segregaciones otorgadas antes del 2004, existentes dentro de la estructura urbana del Municipio, siempre y cuando no rebase 10 fracciones, por cada m² de predio analizado (M4). $ 1 Cuando derivado del análisis se requiera del estudio de documentos que acrediten la propiedad o posesión adicionales al general por cada documento se pagará (M4). $ 166 Por corrección de datos generales en constancias, licencias o factibilidades por error del contribuyente, se pagará:. $ 83 Método y lugares de pago Método de pago Sin información Lugares donde se puede realizar el pago 1. Centro de Atención Municipal (CAM). 2. Cajas de Tesorería Municipal. 3. Entidad Bancaria de su preferencia, referida en la orden de cobro. Domicilio del lugar donde se efectúa el pago 1. 4 Poniente No. 1101 Col. Centro Cp. 72000. 2. Av. Reforma 126 Col. Centro Cp. 72000. 3. Domicilio De La Entidad Bancaria de su preferencia, referida en la orden de cobro. Otros métodos de pago OBSERVACIONES Verificar sus datos antes de realizar el pago, ya que cualquier corrección deberá solicitarse a la Tesorería Municipal. La línea de captura y el importe son indispensables para realizar su pago en la institución bancaria de su preferencia. Datos del método de pago Información en la Orden de Cobro. Fundamento legal del cobro Sustento legal para su cobro Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2026, Título Cuarto de los Derechos, Capítulo II, Artículos 32 fracción I, 33, y 34 fracción I, incisos a) y b)
Por dictamen técnico de ubicación de predios en zonas de colonias no registradas, para otorgamiento de alineamiento y número oficial, incluyendo visita de campo, por cada una se pagará (M1, M2, M3, M4).
$ 856
Por Dictamen Técnico de Restricciones y Derechos de Vía se causarán y pagará por cada m² de predio(M3).
$ 1
Por identificación de las últimas fracciones restantes a escriturar en lotificaciones o segregaciones otorgadas antes del 2004, existentes dentro de la estructura urbana del Municipio, siempre y cuando no rebase 10 fracciones, por cada m² de predio analizado (M4).
Cuando derivado del análisis se requiera del estudio de documentos que acrediten la propiedad o posesión adicionales al general por cada documento se pagará (M4).
$ 166
Por corrección de datos generales en constancias, licencias o factibilidades por error del contribuyente, se pagará:.
$ 83
Método y lugares de pago
Método de pago Sin información
Sin información
Lugares donde se puede realizar el pago 1. Centro de Atención Municipal (CAM). 2. Cajas de Tesorería Municipal. 3. Entidad Bancaria de su preferencia, referida en la orden de cobro. Domicilio del lugar donde se efectúa el pago 1. 4 Poniente No. 1101 Col. Centro Cp. 72000. 2. Av. Reforma 126 Col. Centro Cp. 72000. 3. Domicilio De La Entidad Bancaria de su preferencia, referida en la orden de cobro.
Lugares donde se puede realizar el pago 1. Centro de Atención Municipal (CAM). 2. Cajas de Tesorería Municipal. 3. Entidad Bancaria de su preferencia, referida en la orden de cobro.
1. Centro de Atención Municipal (CAM). 2. Cajas de Tesorería Municipal. 3. Entidad Bancaria de su preferencia, referida en la orden de cobro.
Domicilio del lugar donde se efectúa el pago 1. 4 Poniente No. 1101 Col. Centro Cp. 72000. 2. Av. Reforma 126 Col. Centro Cp. 72000. 3. Domicilio De La Entidad Bancaria de su preferencia, referida en la orden de cobro.
1. 4 Poniente No. 1101 Col. Centro Cp. 72000. 2. Av. Reforma 126 Col. Centro Cp. 72000. 3. Domicilio De La Entidad Bancaria de su preferencia, referida en la orden de cobro.
Otros métodos de pago OBSERVACIONES Verificar sus datos antes de realizar el pago, ya que cualquier corrección deberá solicitarse a la Tesorería Municipal. La línea de captura y el importe son indispensables para realizar su pago en la institución bancaria de su preferencia. Datos del método de pago Información en la Orden de Cobro.
Otros métodos de pago OBSERVACIONES Verificar sus datos antes de realizar el pago, ya que cualquier corrección deberá solicitarse a la Tesorería Municipal. La línea de captura y el importe son indispensables para realizar su pago en la institución bancaria de su preferencia.
OBSERVACIONES Verificar sus datos antes de realizar el pago, ya que cualquier corrección deberá solicitarse a la Tesorería Municipal. La línea de captura y el importe son indispensables para realizar su pago en la institución bancaria de su preferencia.
Datos del método de pago Información en la Orden de Cobro.
Información en la Orden de Cobro.
Fundamento legal del cobro
Sustento legal para su cobro Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2026, Título Cuarto de los Derechos, Capítulo II, Artículos 32 fracción I, 33, y 34 fracción I, incisos a) y b)
Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2026, Título Cuarto de los Derechos, Capítulo II, Artículos 32 fracción I, 33, y 34 fracción I, incisos a) y b)
MÁS INFORMACIÓN
Información adicional Hipervínculo del Registro Municipal de Regulaciones relacionado al trámite https://mejoraregulatoria.pueblacapital.gob.mx/index.php/herramientas-del-sistema-municipal-de-mejora-regulatoria/catalogo-municipal-de-regulaciones-tramites-y-servicios/registro-municipal-de-regulaciones Hipervínculo del Registro Municipal de Visitas Domiciliarias relacionado al trámite https://mejoraregulatoria.pueblacapital.gob.mx/index.php/herramientas-del-sistema-municipal-de-mejora-regulatoria/catalogo-municipal-de-regulaciones-tramites-y-servicios/listado-de-inspectores-y-vistas-domiciliarias
Información adicional
Hipervínculo del Registro Municipal de Regulaciones relacionado al trámite https://mejoraregulatoria.pueblacapital.gob.mx/index.php/herramientas-del-sistema-municipal-de-mejora-regulatoria/catalogo-municipal-de-regulaciones-tramites-y-servicios/registro-municipal-de-regulaciones Hipervínculo del Registro Municipal de Visitas Domiciliarias relacionado al trámite https://mejoraregulatoria.pueblacapital.gob.mx/index.php/herramientas-del-sistema-municipal-de-mejora-regulatoria/catalogo-municipal-de-regulaciones-tramites-y-servicios/listado-de-inspectores-y-vistas-domiciliarias
Hipervínculo del Registro Municipal de Regulaciones relacionado al trámite https://mejoraregulatoria.pueblacapital.gob.mx/index.php/herramientas-del-sistema-municipal-de-mejora-regulatoria/catalogo-municipal-de-regulaciones-tramites-y-servicios/registro-municipal-de-regulaciones
Hipervínculo del Registro Municipal de Visitas Domiciliarias relacionado al trámite https://mejoraregulatoria.pueblacapital.gob.mx/index.php/herramientas-del-sistema-municipal-de-mejora-regulatoria/catalogo-municipal-de-regulaciones-tramites-y-servicios/listado-de-inspectores-y-vistas-domiciliarias
FUNDAMENTO JURÍDICO
Fundamento legal del trámite Fundamento jurídico Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 27 párrafo tercero, 115 Fracciones III, inciso i) párrafo segundo, V, inciso d) y f). Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo 105, fracción IV. Criterios de Desarrollo Urbano. Anexo 2 Tema U. Regulación General de Usos de Suelo, Párrafo U.3. Código Federal de Procedimientos Civiles. Libro Tercero, Titulo Primero, Capitulo III, Artículos 513, 514, 515. Código Reglamentario para el Municipio de Puebla. Capítulo 17. Artículos 655, 656, 658 fracción V, 661, 777, 778, 780, 856, 857, 858, 859, 860, 1032, 1033, 1034, 1036, 1037, 1038, 1039, 1040, 1041 fracción IV, 1056, 1058, 1100 y 1123. DECRETO del Honorable Congreso del Estado. Por el que aprueba la resolución presentada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que señala materialmente los límites territoriales del Municipio de Puebla, fijados en el Decreto emitido por esta Soberanía, con fecha treinta de octubre de mil novecientos sesenta y dos. DECRETO del Honorable Congreso del Estado. Por el que aprueba el Convenio presentado por los H. Ayuntamientos de los Municipios de Puebla y Amozoc, que resuelve la Discrepancia de Límites Territoriales, bajo el procedimiento de Auto composición, modificándolos Límites Territoriales entre los Municipios de Puebla y Amozoc, ambos del Estado de Puebla. Decreto del Ejecutivo del Estado, por el que declara área natural protegida de Jurisdicción Estatal, en la modalidad de Reserva Estatal, la zona denominada "Flor del Bosque". anexos Zona Núcleo, y Zona Amortiguamiento Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Artículos 32 y 35. Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Artículos 1, 4, 7, 11, 22, 23, 40, 43, 59, 60, 70, 71, 72 y 73. Ley General de Protección Civil Artículos 84, 86, 89, y 90. Ley Orgánica Municipal. Artículo 1 al 3, 78, 78 BIS y 104. Ley de Cambio Climático. Artículo 30 Fracción II. Ley de Fraccionamientos y Acciones Urbanísticas del Estado Libre y Soberano de Puebla Publicado en el Periodico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 29 de diciembre del 2017 Título Segundo, Capítulo II, Artículos 2, 3 fracción XXV, XXXIII, 7, 12, fracciones: III, XI, XVIII, XXIV, 47, 57, 58, 65 fracciuón V. Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2026 Título Cuarto de los Derechos, Capítulo II, Artículos 32 fracción I, 33, y 34 fracción I, incisos a) y b) Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla. Artículos 1, 7, 9, 12 fracción IV, 16, 22, 43, 67, 69 y 119. Norma Técnica de Diseño e Imagen Urbana para el Municipio de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 2 de octubre del 2018 Capitulo I.- Disposiciones Generales, II.- Diseño de Calles y III.- Imagen Urbana. Plan Municipal de Desarrollo 2021-2024. Eje 4 Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla 02 de mayo de 2016, Capítulos Normativo y Nivel Estratégico. Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Puebla. Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable del Barrio de Santiago Universitario. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 16 de marzo del 2018 Capitulo 1 Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable del Centro Histórico del Municipio de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 23 de octubre del 2015 Capítulos 3.- Normativo, 3.1.- Criterios de Desarrollo Urbano, 3.2.- Normas, 4.2.- Políticas y 4.4 Estrategia territorial urbana. Programa Subregional de Desarrollo Urbano de los Municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula. Programa de Manejo Parque Nacional La Montaña Malinche o Matlalcuéyatl Capitulos: Subprograma Gestión, Ordenamiento Ecologico y Zonificación, asi como, Reglas Administrativas. Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Sustentabilidad del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla. Artículos 11, 14, 15 y 16. Reglamento para el Municipio de Puebla de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 7 de enero del 2021 Articulos 2, 3, 4, 5, 12, 13, 15, 16, 18, 21, 22, 24, 26, 27 fracciones II, IV y 45. Resumen del Programa de Manejo del Área Natural Protegida de Jurisdicción Estatal En la modalidad de Parque Estatal, denominada ?Humedal de Valsequillo?, Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 28 de octubre del 2011, en su apartado Reglas Administrativas a las que se sujetarán las actividades a desarrollar en el "HUMEDAL VALSEQUILLO", Regla 1, 2, 3, 6, 13, 14, 18, 19, 20, 21 y 22. Resumen del Programa de Manejo del Área Natural Protegida de Jurisdicción Estatal, en su modalidad de Reserva Estatal, la Zona denominada ?Sierra del Tentzo?. Publicado en el Periodico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 12 de octubre del 2012 En su apartado Reglas Administrativas a las que se sujetarán las actividades a desarrollar en el "ANP SIERRA DEL TENZO", Regla 1, 2, 3, 11 y 12.
Fundamento legal del trámite
Fundamento jurídico Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 27 párrafo tercero, 115 Fracciones III, inciso i) párrafo segundo, V, inciso d) y f). Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo 105, fracción IV. Criterios de Desarrollo Urbano. Anexo 2 Tema U. Regulación General de Usos de Suelo, Párrafo U.3. Código Federal de Procedimientos Civiles. Libro Tercero, Titulo Primero, Capitulo III, Artículos 513, 514, 515. Código Reglamentario para el Municipio de Puebla. Capítulo 17. Artículos 655, 656, 658 fracción V, 661, 777, 778, 780, 856, 857, 858, 859, 860, 1032, 1033, 1034, 1036, 1037, 1038, 1039, 1040, 1041 fracción IV, 1056, 1058, 1100 y 1123. DECRETO del Honorable Congreso del Estado. Por el que aprueba la resolución presentada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que señala materialmente los límites territoriales del Municipio de Puebla, fijados en el Decreto emitido por esta Soberanía, con fecha treinta de octubre de mil novecientos sesenta y dos. DECRETO del Honorable Congreso del Estado. Por el que aprueba el Convenio presentado por los H. Ayuntamientos de los Municipios de Puebla y Amozoc, que resuelve la Discrepancia de Límites Territoriales, bajo el procedimiento de Auto composición, modificándolos Límites Territoriales entre los Municipios de Puebla y Amozoc, ambos del Estado de Puebla. Decreto del Ejecutivo del Estado, por el que declara área natural protegida de Jurisdicción Estatal, en la modalidad de Reserva Estatal, la zona denominada "Flor del Bosque". anexos Zona Núcleo, y Zona Amortiguamiento Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Artículos 32 y 35. Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Artículos 1, 4, 7, 11, 22, 23, 40, 43, 59, 60, 70, 71, 72 y 73. Ley General de Protección Civil Artículos 84, 86, 89, y 90. Ley Orgánica Municipal. Artículo 1 al 3, 78, 78 BIS y 104. Ley de Cambio Climático. Artículo 30 Fracción II. Ley de Fraccionamientos y Acciones Urbanísticas del Estado Libre y Soberano de Puebla Publicado en el Periodico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 29 de diciembre del 2017 Título Segundo, Capítulo II, Artículos 2, 3 fracción XXV, XXXIII, 7, 12, fracciones: III, XI, XVIII, XXIV, 47, 57, 58, 65 fracciuón V. Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2026 Título Cuarto de los Derechos, Capítulo II, Artículos 32 fracción I, 33, y 34 fracción I, incisos a) y b) Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla. Artículos 1, 7, 9, 12 fracción IV, 16, 22, 43, 67, 69 y 119. Norma Técnica de Diseño e Imagen Urbana para el Municipio de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 2 de octubre del 2018 Capitulo I.- Disposiciones Generales, II.- Diseño de Calles y III.- Imagen Urbana. Plan Municipal de Desarrollo 2021-2024. Eje 4 Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla 02 de mayo de 2016, Capítulos Normativo y Nivel Estratégico. Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Puebla. Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable del Barrio de Santiago Universitario. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 16 de marzo del 2018 Capitulo 1 Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable del Centro Histórico del Municipio de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 23 de octubre del 2015 Capítulos 3.- Normativo, 3.1.- Criterios de Desarrollo Urbano, 3.2.- Normas, 4.2.- Políticas y 4.4 Estrategia territorial urbana. Programa Subregional de Desarrollo Urbano de los Municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula. Programa de Manejo Parque Nacional La Montaña Malinche o Matlalcuéyatl Capitulos: Subprograma Gestión, Ordenamiento Ecologico y Zonificación, asi como, Reglas Administrativas. Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Sustentabilidad del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla. Artículos 11, 14, 15 y 16. Reglamento para el Municipio de Puebla de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 7 de enero del 2021 Articulos 2, 3, 4, 5, 12, 13, 15, 16, 18, 21, 22, 24, 26, 27 fracciones II, IV y 45. Resumen del Programa de Manejo del Área Natural Protegida de Jurisdicción Estatal En la modalidad de Parque Estatal, denominada ?Humedal de Valsequillo?, Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 28 de octubre del 2011, en su apartado Reglas Administrativas a las que se sujetarán las actividades a desarrollar en el "HUMEDAL VALSEQUILLO", Regla 1, 2, 3, 6, 13, 14, 18, 19, 20, 21 y 22. Resumen del Programa de Manejo del Área Natural Protegida de Jurisdicción Estatal, en su modalidad de Reserva Estatal, la Zona denominada ?Sierra del Tentzo?. Publicado en el Periodico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 12 de octubre del 2012 En su apartado Reglas Administrativas a las que se sujetarán las actividades a desarrollar en el "ANP SIERRA DEL TENZO", Regla 1, 2, 3, 11 y 12.
Fundamento jurídico
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 27 párrafo tercero, 115 Fracciones III, inciso i) párrafo segundo, V, inciso d) y f). Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo 105, fracción IV. Criterios de Desarrollo Urbano. Anexo 2 Tema U. Regulación General de Usos de Suelo, Párrafo U.3. Código Federal de Procedimientos Civiles. Libro Tercero, Titulo Primero, Capitulo III, Artículos 513, 514, 515. Código Reglamentario para el Municipio de Puebla. Capítulo 17. Artículos 655, 656, 658 fracción V, 661, 777, 778, 780, 856, 857, 858, 859, 860, 1032, 1033, 1034, 1036, 1037, 1038, 1039, 1040, 1041 fracción IV, 1056, 1058, 1100 y 1123. DECRETO del Honorable Congreso del Estado. Por el que aprueba la resolución presentada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que señala materialmente los límites territoriales del Municipio de Puebla, fijados en el Decreto emitido por esta Soberanía, con fecha treinta de octubre de mil novecientos sesenta y dos. DECRETO del Honorable Congreso del Estado. Por el que aprueba el Convenio presentado por los H. Ayuntamientos de los Municipios de Puebla y Amozoc, que resuelve la Discrepancia de Límites Territoriales, bajo el procedimiento de Auto composición, modificándolos Límites Territoriales entre los Municipios de Puebla y Amozoc, ambos del Estado de Puebla. Decreto del Ejecutivo del Estado, por el que declara área natural protegida de Jurisdicción Estatal, en la modalidad de Reserva Estatal, la zona denominada "Flor del Bosque". anexos Zona Núcleo, y Zona Amortiguamiento Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Artículos 32 y 35. Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Artículos 1, 4, 7, 11, 22, 23, 40, 43, 59, 60, 70, 71, 72 y 73. Ley General de Protección Civil Artículos 84, 86, 89, y 90. Ley Orgánica Municipal. Artículo 1 al 3, 78, 78 BIS y 104. Ley de Cambio Climático. Artículo 30 Fracción II. Ley de Fraccionamientos y Acciones Urbanísticas del Estado Libre y Soberano de Puebla Publicado en el Periodico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 29 de diciembre del 2017 Título Segundo, Capítulo II, Artículos 2, 3 fracción XXV, XXXIII, 7, 12, fracciones: III, XI, XVIII, XXIV, 47, 57, 58, 65 fracciuón V. Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2026 Título Cuarto de los Derechos, Capítulo II, Artículos 32 fracción I, 33, y 34 fracción I, incisos a) y b) Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla. Artículos 1, 7, 9, 12 fracción IV, 16, 22, 43, 67, 69 y 119. Norma Técnica de Diseño e Imagen Urbana para el Municipio de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 2 de octubre del 2018 Capitulo I.- Disposiciones Generales, II.- Diseño de Calles y III.- Imagen Urbana. Plan Municipal de Desarrollo 2021-2024. Eje 4 Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla 02 de mayo de 2016, Capítulos Normativo y Nivel Estratégico. Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Puebla. Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable del Barrio de Santiago Universitario. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 16 de marzo del 2018 Capitulo 1 Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable del Centro Histórico del Municipio de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 23 de octubre del 2015 Capítulos 3.- Normativo, 3.1.- Criterios de Desarrollo Urbano, 3.2.- Normas, 4.2.- Políticas y 4.4 Estrategia territorial urbana. Programa Subregional de Desarrollo Urbano de los Municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula. Programa de Manejo Parque Nacional La Montaña Malinche o Matlalcuéyatl Capitulos: Subprograma Gestión, Ordenamiento Ecologico y Zonificación, asi como, Reglas Administrativas. Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Sustentabilidad del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla. Artículos 11, 14, 15 y 16. Reglamento para el Municipio de Puebla de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 7 de enero del 2021 Articulos 2, 3, 4, 5, 12, 13, 15, 16, 18, 21, 22, 24, 26, 27 fracciones II, IV y 45. Resumen del Programa de Manejo del Área Natural Protegida de Jurisdicción Estatal En la modalidad de Parque Estatal, denominada ?Humedal de Valsequillo?, Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 28 de octubre del 2011, en su apartado Reglas Administrativas a las que se sujetarán las actividades a desarrollar en el "HUMEDAL VALSEQUILLO", Regla 1, 2, 3, 6, 13, 14, 18, 19, 20, 21 y 22. Resumen del Programa de Manejo del Área Natural Protegida de Jurisdicción Estatal, en su modalidad de Reserva Estatal, la Zona denominada ?Sierra del Tentzo?. Publicado en el Periodico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 12 de octubre del 2012 En su apartado Reglas Administrativas a las que se sujetarán las actividades a desarrollar en el "ANP SIERRA DEL TENZO", Regla 1, 2, 3, 11 y 12.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículos 27 párrafo tercero, 115 Fracciones III, inciso i) párrafo segundo, V, inciso d) y f).
Artículos 27 párrafo tercero, 115 Fracciones III, inciso i) párrafo segundo, V, inciso d) y f).
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla. Artículo 105, fracción IV.
Artículo 105, fracción IV.
Criterios de Desarrollo Urbano. Anexo 2 Tema U. Regulación General de Usos de Suelo, Párrafo U.3.
Anexo 2 Tema U. Regulación General de Usos de Suelo, Párrafo U.3.
Código Federal de Procedimientos Civiles. Libro Tercero, Titulo Primero, Capitulo III, Artículos 513, 514, 515.
Libro Tercero, Titulo Primero, Capitulo III, Artículos 513, 514, 515.
Código Reglamentario para el Municipio de Puebla. Capítulo 17. Artículos 655, 656, 658 fracción V, 661, 777, 778, 780, 856, 857, 858, 859, 860, 1032, 1033, 1034, 1036, 1037, 1038, 1039, 1040, 1041 fracción IV, 1056, 1058, 1100 y 1123.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado. Por el que aprueba la resolución presentada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que señala materialmente los límites territoriales del Municipio de Puebla, fijados en el Decreto emitido por esta Soberanía, con fecha treinta de octubre de mil novecientos sesenta y dos.
Por el que aprueba la resolución presentada por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que señala materialmente los límites territoriales del Municipio de Puebla, fijados en el Decreto emitido por esta Soberanía, con fecha treinta de octubre de mil novecientos sesenta y dos.
DECRETO del Honorable Congreso del Estado. Por el que aprueba el Convenio presentado por los H. Ayuntamientos de los Municipios de Puebla y Amozoc, que resuelve la Discrepancia de Límites Territoriales, bajo el procedimiento de Auto composición, modificándolos Límites Territoriales entre los Municipios de Puebla y Amozoc, ambos del Estado de Puebla.
Por el que aprueba el Convenio presentado por los H. Ayuntamientos de los Municipios de Puebla y Amozoc, que resuelve la Discrepancia de Límites Territoriales, bajo el procedimiento de Auto composición, modificándolos Límites Territoriales entre los Municipios de Puebla y Amozoc, ambos del Estado de Puebla.
Decreto del Ejecutivo del Estado, por el que declara área natural protegida de Jurisdicción Estatal, en la modalidad de Reserva Estatal, la zona denominada "Flor del Bosque". anexos Zona Núcleo, y Zona Amortiguamiento
anexos Zona Núcleo, y Zona Amortiguamiento
Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Artículos 32 y 35.
Artículos 32 y 35.
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Artículos 1, 4, 7, 11, 22, 23, 40, 43, 59, 60, 70, 71, 72 y 73.
Ley General de Protección Civil Artículos 84, 86, 89, y 90.
Artículos 84, 86, 89, y 90.
Ley Orgánica Municipal. Artículo 1 al 3, 78, 78 BIS y 104.
Artículo 1 al 3, 78, 78 BIS y 104.
Ley de Cambio Climático. Artículo 30 Fracción II.
Artículo 30 Fracción II.
Ley de Fraccionamientos y Acciones Urbanísticas del Estado Libre y Soberano de Puebla Publicado en el Periodico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 29 de diciembre del 2017 Título Segundo, Capítulo II, Artículos 2, 3 fracción XXV, XXXIII, 7, 12, fracciones: III, XI, XVIII, XXIV, 47, 57, 58, 65 fracciuón V.
Título Segundo, Capítulo II, Artículos 2, 3 fracción XXV, XXXIII, 7, 12, fracciones: III, XI, XVIII, XXIV, 47, 57, 58, 65 fracciuón V.
Ley de Ingresos del Municipio de Puebla para el Ejercicio Fiscal 2026 Título Cuarto de los Derechos, Capítulo II, Artículos 32 fracción I, 33, y 34 fracción I, incisos a) y b)
Título Cuarto de los Derechos, Capítulo II, Artículos 32 fracción I, 33, y 34 fracción I, incisos a) y b)
Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla. Artículos 1, 7, 9, 12 fracción IV, 16, 22, 43, 67, 69 y 119.
Artículos 1, 7, 9, 12 fracción IV, 16, 22, 43, 67, 69 y 119.
Norma Técnica de Diseño e Imagen Urbana para el Municipio de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 2 de octubre del 2018 Capitulo I.- Disposiciones Generales, II.- Diseño de Calles y III.- Imagen Urbana.
Capitulo I.- Disposiciones Generales, II.- Diseño de Calles y III.- Imagen Urbana.
Plan Municipal de Desarrollo 2021-2024. Eje 4
Eje 4
Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Puebla, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla 02 de mayo de 2016, Capítulos Normativo y Nivel Estratégico.
Capítulos Normativo y Nivel Estratégico.
Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de Puebla.
Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable del Barrio de Santiago Universitario. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 16 de marzo del 2018 Capitulo 1
Capitulo 1
Programa Parcial de Desarrollo Urbano Sustentable del Centro Histórico del Municipio de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 23 de octubre del 2015 Capítulos 3.- Normativo, 3.1.- Criterios de Desarrollo Urbano, 3.2.- Normas, 4.2.- Políticas y 4.4 Estrategia territorial urbana.
Capítulos 3.- Normativo, 3.1.- Criterios de Desarrollo Urbano, 3.2.- Normas, 4.2.- Políticas y 4.4 Estrategia territorial urbana.
Programa Subregional de Desarrollo Urbano de los Municipios de Cuautlancingo, Puebla, San Andrés Cholula y San Pedro Cholula.
Programa de Manejo Parque Nacional La Montaña Malinche o Matlalcuéyatl Capitulos: Subprograma Gestión, Ordenamiento Ecologico y Zonificación, asi como, Reglas Administrativas.
Capitulos: Subprograma Gestión, Ordenamiento Ecologico y Zonificación, asi como, Reglas Administrativas.
Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Sustentabilidad del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla. Artículos 11, 14, 15 y 16.
Artículos 11, 14, 15 y 16.
Reglamento para el Municipio de Puebla de la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla. Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 7 de enero del 2021 Articulos 2, 3, 4, 5, 12, 13, 15, 16, 18, 21, 22, 24, 26, 27 fracciones II, IV y 45.
Articulos 2, 3, 4, 5, 12, 13, 15, 16, 18, 21, 22, 24, 26, 27 fracciones II, IV y 45.
Resumen del Programa de Manejo del Área Natural Protegida de Jurisdicción Estatal En la modalidad de Parque Estatal, denominada ?Humedal de Valsequillo?, Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 28 de octubre del 2011, en su apartado Reglas Administrativas a las que se sujetarán las actividades a desarrollar en el "HUMEDAL VALSEQUILLO", Regla 1, 2, 3, 6, 13, 14, 18, 19, 20, 21 y 22.
En la modalidad de Parque Estatal, denominada ?Humedal de Valsequillo?, Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Puebla, de fecha 28 de octubre del 2011, en su apartado Reglas Administrativas a las que se sujetarán las actividades a desarrollar en el "HUMEDAL VALSEQUILLO", Regla 1, 2, 3, 6, 13, 14, 18, 19, 20, 21 y 22.
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En su apartado Reglas Administrativas a las que se sujetarán las actividades a desarrollar en el "ANP SIERRA DEL TENZO", Regla 1, 2, 3, 11 y 12.
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