Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración

Solicitud de pago en parcialidades de créditos fiscales federales, estatales y municipales

Informar los requisitos sobre las solicitudes de pago en parcialidades respecto de los créditos fiscales federales, estatales y municipales.

Esta página es informativa. Para realizar el trámite de verdad, hazlo en el sitio oficial de gobierno:

Realizar este trámite en el sitio oficial

Requisitos

  • 1. Escrito de solicitud de autorización de pago en parcialidades ; el documento debe ir dirigido a la Dirección de Recaudación de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, el cual debe contener: -Domicilio para recibir notificaciones. -Teléfono. -Motivo de su solicitud. -Datos de identificación del contribuyente. -Número de crédito fiscal -Número de parcialidades solicitadas y deberá estar firmado por el contribuyente.
  • 2. Se deberá anexar al escrito, copia simple de la identificación del contribuyente (previo cotejo con la original) y en el caso de personas morales, original o copia certificada del instrumento idóneo que lo acredite como Representante Legal y copia simple de la identificación del Representante Legal (previo cotejo con la original).
  • 3. Realizar el pago del 20% del importe parcializable actualizado, el pago total del importe no parcializable actualizado, (en el caso de que aplique) y gastos de ejecución.
  • 4. Ofrecer garantía por el 80% restante del crédito fiscal en alguna de las modalidades previstas en la ley.

Pasos a seguir

  1. Paso 1: Presentarse en las instalaciones de la Dirección de Recaudación.
  2. Paso 2: Entregar los requisitos solicitados en la Oficialía de Partes de la Dirección de Recaudación, previo cotejo y validación.
  3. Paso 3: Solicitar la orden cobro para el pago del 20% más gastos de ejecución, misma que podrá pagar a través de medios electrónicos, Oficinas Receptoras de pago y en la ventanilla bancaria de las instituciones autorizadas, entregando copia del comprobante de pago, el mismo día en la Oficialía de Partes.
  4. Paso 4: El contribuyente podrá imprimir su comprobante fiscal electrónico, una vez transcurridos dos días hábiles posteriores a la fecha de pago, para tal efecto deberá ingresar al Portal Electrónico del Gobierno del Estado de Puebla www.puebla.gob.mx .
  5. Paso 5: El servidor público realizará el estudio de la solicitud de autorización de pago en parcialidades y de la garantía ofrecida.
  6. Paso 6: Si cumple con los requisitos, recibirá el oficio de autorización de pago en parcialidades firmado por la Autoridad competente.

Qué documento obtienes

  • Oficio de Autorización de pago en parcialidades.

Formas de pago

  • Indicadas en la orden de cobro.

Dónde pagar

  • - Instituciones bancarias autorizadas. (señaladas en la orden de cobro) - En línea - Oficinas receptoras de pago.

Centros de atención

Dirección de Recaudación

Vía Atlixcáyotl, número 1101, CIS, Edificio Sur, primer piso, Colonia Concepción Las Lajas, Puebla, Pue. C.P. 72190.

Tel: 222-303-46-00 ext. 1212 y 1216

Horario: de atención: Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 horas.

Correo: direccionderecaudacion@puebla.gob.mx

Fundamento jurídico

  • Ley de Coordinación Fiscal; Artículos 1, 10, 13, primer y segundo párrafo, 14, primer párrafo y, 15, primer párrafo.
  • Código Fiscal de la Federación; Artículos 66, 66-A, 141 y 150, primer párrafo, fracción II.
  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación; Artículos 65, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88 y 89.
  • Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal; Cláusula Primera, Cláusula Segunda, fracciones I, II, III, V, VI, VII y VIII; Cláusula Tercera, Cláusula Cuarta, Cláusula Octava fracción III, inciso a), Cláusula Décima, fracción I, Cláusula Décima Primera, fracción I; Cláusula Décima Segunda, Segundo párrafo; Cláusula Décima Tercera, Cláusula Décima Quinta, fracción III; Cláusula Décima Octava, párrafo primero y segundo; Cláusula Vigésima Sexta, fracción III.
  • Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2026; Anexo 2, tabla 32, GARANTÍAS FISCALES.
  • Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; Artículos 1, primero y segundo párrafos, 3, 13, primer párrafo, 15, 24, 30 primer párrafo, fracción XV, 31, primer párrafo, fracción II y 33 fracciones IV, VIII, XI, XVIII, XIX, LIII, y LXXIX.
  • Código Fiscal del Estado de Puebla; Artículos 8, 13 fracción II, numeral 2, 16, 25, 26, 27, 28, 29, 34, 41 primer párrafo, fracciones I, II, IV y VI, 41-B, 41-C, 51, 52, 76, 77, 81, 82, 83, 84 fracción II, 98 y 101.
  • Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración; Artículos 1, 2, 5, primer párrafo, fracción II, inciso a), numeral 2, 6, primer párrafo, fracción I, 9 y 26, primer párrafo, fracciones I, III, XVI y XXIII.
  • Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite: Click aquí

Criterios de resolución

- Se emite y se entrega al contribuyente la referencia para el pago de derechos correspondientes. - Recibir por parte del contribuyente los requisitos establecidos. - Verificar que el contribuyente cumpla con los pagos en el periodo establecido.

Preguntas frecuentes

Precio del trámite de solicitud de pago en parcialidades de créditos fiscales federales, estatales y municipales

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¿Dónde puedo pagar solicitud de pago en parcialidades de créditos fiscales federales, estatales y municipales?

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Información general sobre solicitud de pago en parcialidades de créditos fiscales federales, estatales y municipales

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¿Qué costo tiene solicitud de pago en parcialidades de créditos fiscales federales, estatales y municipales?

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Requisitos para solicitud de pago en parcialidades de créditos fiscales federales, estatales y municipales

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¿Cuánto cuesta solicitud de pago en parcialidades de créditos fiscales federales, estatales y municipales?

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¿Qué vigencia tiene solicitud de pago en parcialidades de créditos fiscales federales, estatales y municipales?

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¿Cómo se hace el trámite de solicitud de pago en parcialidades de créditos fiscales federales, estatales y municipales?

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